PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿Hay un servicio de recogida de animales muertos?

El Ayuntamiento de Las Rozas no dispone de un servicio de recogida de animales muertos a domicilio.

 

¿Dónde tengo que llamar si se muere mi animal?

Existen empresas que ofrecen el servicio de recogida e incineración de animales muertos.

Según la nueva ley 7/2023, de Protección de los Derechos  y el Bienestar Animal, la baja de un animal de compañía por muerte deberá ir acompañada del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente para la realización de dichas actividades, haciendo constar el número de identificación del animal fallecido y el nombre y apellidos de su responsable o, en su defecto, que quede constancia en las bases de datos de la empresa que se ocupó del cadáver. En caso de imposibilidad de recuperar el cadáver, se deberá documentar adecuadamente.

Le recomendamos que consulte con su veterinario.

 

Si me encuentro un animal en la vía pública, ¿dónde tengo que llamar? ¿Alguien lo recoge?

El Ayuntamiento de Las Rozas dispone de un Servicio de Recogida de Animales  de  Compañía que se encarga de trasladar los animales que se encuentran sin persona responsable al Centro Municipal de Atención Animal.

El teléfono de contacto del  Centro es el 916301524, también puede contactar con el Departamento de Policia Local para dar el aviso el teléfono es el 916370000.

 

¿Qué son las colonias de gatos controladas?

Las colonias de gatos controladas son agrupaciones de gatos callejeros, que viven en zonas urbanas compartiendo recursos, sobre las que se actúa desde un punto de vista sanitario y de control poblacional mediante un método de captura, control sanitario, esterilización, marcaje y retorno de los animales en su entorno inicial, (método CER o TNR en inglés).

 

¿Por qué son importantes las colonias de gatos controladas?

La creación de colonias de gatos controladas, es  la  herramienta establecida por la Ley 4/2016 de 22 de julio, de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid y por la  Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales para el  control poblacional de los gatos callejeros, en los municipios de la Comunidad de Madrid.

Los beneficios que se obtienen con su implantación son:

  • de tipo sanitario, los animales son sometidos a controles veterinarios en el momento de su captura y son alimentados mediante pienso seco a los largo de su vida
  • de tipo social, mejora la convivencia con las personas, al suprimir los marcajes mediante orina en el caso de los machos; los maullidos y peleas en época de celo y las camadas indeseadas con lo que se contribuye a una reducción gradual de la población
  • sobre el bienestar animal, los animales mejoran en gran medida su calidad de vida, al disponer de una mejor alimentación, refugio adecuado y cuidados por parte de voluntarios que  los conocen
  • sobre el entorno urbano próximo, al eliminar la alimentación incontrolada y proceder a la higienización de la zona por parte de voluntarios y personal especializado.

 

¿Cómo se puede colaborar en el proyecto de implantación de colonias de gatos controladas mediante el método CER?

  • No alimentando a los animales sin autorización, ya que además de estar prohibido y sancionado por Ordenanza Municipal de Tenencia, Control y protección de los animales, se contribuye a la aparición de nuevas colonias de gatos en lugares donde no las había, con el perjuicio que conlleva para su bienestar.
  • Esterilizando de forma temprana (antes de los 6 meses) a nuestros gatos caseros, lo que va a influir de forma positiva en la reducción de tumores de mama, estrés de celo, escapismo. Además de ser beneficiosa es obligatoria la esterilización de gatos que acceden al exterior de las viviendas. La ley 4 /2016 obliga al propietario a esta intervención quirúrgica, para evitar camadas indeseadas que pasan a ser abandonadas.
  • Informando en el teléfono del Centro de Atención Animal 916301524 o en el correo sanidadad@lasrozas.es, de la presencia de gatos callejeros sin esterilizar, para ellos debemos fijarnos en que no tengan un corte en el extremo de una de sus orejas.
  • Denunciando a Policia Local, la presencia de alimentadores no autorizados.
  • Incorporándose como voluntarios para el mantenimiento de las colonias controladas o para el acogimiento de animales en viviendas, hasta su posterior adopción, para ello se deberá contactar con el centro de Atención Animal a través del teléfono 916301524.
  • Adoptando los gatos callejeros que por su edad o por su carácter sociable pueden adaptarse a vivir en un domicilio.

 

¿Por dónde puedo circular con  mi perro suelto?

En parques y zonas verdes públicas de propiedad municipal, los perros que no sean calificados según normativa como potencialmente peligrosos, podrán acceder y permanecer sueltos, únicamente y sin restricción horaria en los siguientes espacios:

  1. zonas delimitadas para perros mediante vallado
  2. espacios naturales de: Parque Empresarial, Punta Galea, Arroyo del Lazarejo, Área natural de  Majalacabra , Arroyo de la Torre, Arroyo de los Barros,
  3. espacios verdes, que por sus características garanticen la seguridad de las personas y animales, y sean definidos por el Ayuntamiento de las Rozas como aptos para este uso.

 

¿Cómo tengo que circular con mi perro por zonas donde está permitido llevarlo suelto?

En zonas donde se permita el acceso y permanencia de los perros sueltos, sus propietarios o personas responsables deberán mantener a los animales a la vista, a una distancia que permita su intervención en caso de ser necesario, evitando molestias y daños a personas otros animales o bienes, siendo en último caso responsables de los mismos.