SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Sanidad

La concejalía de Familia, Servicios Sociales mediante convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid presenta una convocatoria de subvenciones destinadas a la realización y ejecución del “Plan de Proyectos, en concreto la ejecución del subproyecto S22, de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.

Se trata de un plan de modernización de la Administración Pública, en concreto en el municipio de Las Rozas, con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. En el caso de servicios sociales el proyecto está encaminado a mejorar la calidad de vida de las personas mayores y autonomía personal mediante la transformación de los servicios sociales del municipio hacia una estructura más resiliente, con el objetivo de responder a la creciente demanda de diferentes servicios de cuidados de larga duración, todo ello debido al envejecimiento de la población y para promover la innovación y un modelo de atención social centrado en las personas usuarias mediante una estrategia de desinstitucionalización, equipamientos y tecnología, para los que no existe un recurso adaptado en la actualidad.

Por todo ello se subvencionarán ayudas destinadas a la adaptación, acondicionamiento y rehabilitación de viviendas de personas usuarias de los centros de día locales y que residan en el municipio de Las Rozas para que tengan un hogar más habitable y seguro. Tales subvenciones serán concedidas de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en las Bases reguladoras previstas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, antes citadas, a cuyo cumplimiento se condiciona el otorgamiento de aquellas y conforme al contenido de la presente convocatoria.

 

Texto Bases Ayudas

BOCM 15/11/2023

 

Plazo Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida en la presente convocatoria, será de 15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta en el BOCM, es decir desde el 16 hasta el 30 de noviembre de 2023 respectivamente.

 

A quién van destinadas las ayudas

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para la adaptación de viviendas para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad y permitir y/o favorecer que nuestros vecinos y residentes en el municipio de las Rozas puedan mantenerse en sus domicilios con apoyos proporcionados en los centros de día, además de ofrecer equipamientos domiciliarios que favorezcan la autonomía personal cumpliendo así los objetivos generales del convenio de reformar arquitectónicamente las viviendas y adecuarlas  para una mejor accesibilidad y eficiencia energética, así como instalar equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal y la prestación de apoyos y cuidados que posibiliten viviendas conectadas mediante medios tecnológicos, sistemas de conectividad y domótica.

 

¿Cuál es el importe de las ayudas?

El importe de las ayudas concedidas al albur de esta convocatoria no podrá superar la cuantía del 95 por 100 del coste del presupuestado del proyecto presentado por cada solicitante.

 

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios como requisito indispensable de estas subvenciones los usuarios y vecinos empadronados que residan de forma permanente y habitual en Las Rozas y que acudan a cualquiera de los centros de día públicos, concertados y privados radicados en el municipio y que así lo soliciten en el periodo establecido en dicha convocatoria.

 

Por tanto, es requisito indispensable estar empadronado en una vivienda del municipio de Las Rozas de Madrid para la que se solicita la subvención, así como residir de manera habitual y permanente en la misma, de forma continuada desde al menos la fecha de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente modificación de convocatoria, es decir, el 15 de noviembre de 2023, y ser usuario de un centro de día local.

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LAS AYUDAS

Solicitud Obligatoria: (Anexo I) 

  • Anexo I (Solicitud). La presentación del Anexo I implica la autorización al Ayuntamiento de Las Rozas a recabar los datos que se indican a continuación, eximiéndole de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
  • Anexo II
  • Anexo III
  • Anexo IV
  • Anexo V
  • Anexo VI
  • Anexo VII

 

En caso de NO autorizar la consulta:

  1.  Solicitud en el modelo establecido en el Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada y Anexos II, III, IV, V, VI y VII. La presentación de la solicitud (Anexo I) implica la autorización al Ayuntamiento de Las Rozas a recabar los datos que se indican a continuación, eximiéndole de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

 

*La solicitud deberá estar debidamente formalizada y firmada por la persona usuaria del Centro del día o quien ostente su representación legal o la persona que asuma su tutela, en la que, además de consignar los datos identificativos y de contacto, deberá bajo su responsabilidad suscribir la siguiente declaración, incluidas en el modelo de solicitud adjunto a esta convocatoria:

  •  Declaración de guardador de hecho (Anexo VII)
  • Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas que impiden la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el Artículo 13 de la LGS.

En caso de NO autorizar expresamente a la consulta de los datos, la solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos originales y fotocopia para su debida compulsa:

 

  • Requisito indispensable, aportar volante de empadronamiento
  • DNI del solicitante/beneficiario.
  • Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
  • Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad o bien documentación acreditativa del hecho, acto o negocio jurídico (contrato de compraventa, contrato de arrendamiento, escritura de partición de herencia, testamento y/o certificado de últimas voluntades, escritura pública de donación, etc.…) que demuestre la titularidad del inmueble como propietario/a, arrendamiento/a, usufructuario/a o titular por cualquier otro título jurídico de similar naturaleza admisible en Derecho.
  • En el supuesto de solicitud por parte de quien no sea propietario/a de la vivienda-Declaración responsable suscrita por el/la solicitante o su representante, donde manifieste que goza de la plena disponibilidad del inmueble para la realización de las actuaciones, contando con la autorización del /la propietario/a, según modelo adjunto a la convocatoria.

 

  1. Certificado del director del centro de día que avale que el usuario solicitante acude al centro de día sito en el municipio de Las Rozas.

 

  1. En el supuesto de actuaciones sin iniciar o en curso de ejecución, presupuesto del coste de la actuación para la que se solicita la ayuda, incluyendo las obras o instalaciones a realizar y, en caso de que fuera necesario por la entidad de las obras, proyecto básico firmado por técnico facultativo competente.

 

  1. En el supuesto de actuaciones sin iniciar, fotografías del estado actual, previo a la reforma. Además, deben presentar en las actuaciones sin iniciar o iniciadas factura proforma, al finalizar la obra deberán presentar al órgano competente la factura original.

 

  1. En el supuesto de actuaciones sin iniciar y del importe de algunos de los gastos subvencionados que iguale o supere la cuantía establecida en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para la contratación menor de suministros, o servicios (15.000,00.-€ sin IVA)-El beneficiario/a de la ayuda deberá solicitar tres ofertas, como mínimo, de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación. Cuando la elección no recaiga sobre la oferta económica más ventajosa, deberá aportase una memoria justificando los motivos de la elección en base a criterios de eficiencia y economía.

 

  1. Certificado de titularidad del nº cuenta de la entidad bancaria. Las personas beneficiarias en el artículo 10 de esta convocatoria, deberán constar con una cuenta bancaria abierta para el cobro de la subvención, salvo en los casos que haya representante legal o quien asuma la tutela que será a nombre suyo/a.

 

  1. Con carácter general no se exigirá la aportación de documentos originales a los/as interesados/as que se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando existan dudas derivadas de la calidad de la copia o cuando la relevancia del documento en el procedimiento exija, la Administración podrá requerir, de manera motivada, la exhibición del documento o de la información original correspondiente a las copias aportadas, para su cotejo

 

  1. Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales el órgano instructor, comprobará de oficio la situación de estar al corriente de las obligaciones tributarias municipales, de conformidad con el artículo 19 de la convocatoria. En caso de oposición de la consulta de los referidos datos (en el impreso de solicitud), deberá presentar la correspondiente documentación.

 

Si la documentación que se acompaña a la solicitud está incompleta o es defectuosa se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del requerimiento, acompañe los documentos exigidos o subsane los defectos observados, con la advertencia de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución, tal y como establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Cuando de las comprobaciones que pueda realizar la Corporación Local acerca de la veracidad de los datos presentados, se adviertan declaraciones falsas, la entidad quedará automáticamente excluida del procedimiento sin entrar en la fase de valoración.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN LES ATENDEMOS EN:

Atención al Ciudadano – 010

A través del correo electrónico: atencionsocial@lasrozas.es

 

 

El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid motivado excepcionalmente por la necesidad social de dar un apoyo perentorio al incentivo de la natalidad y de la obligada reposición poblacional, como medio de consecución de una sociedad sostenible en el futuro, tanto social como económicamente, pone en marcha una Convocatoria Extraordinaria de ayudas no periódicas por nacimiento o adopción de menor. Dicha Convocatoria para los empadronados de Las Rozas de Madrid se realiza teniendo en cuenta que la situación de aumento de miembros en las unidades familiares o de convivencia acarrea la aparición de posibles dificultades económicas que pudieran abocar en riesgos de vulnerabilidad que se hace necesario prevenir.

Por tanto, SE CONVOCAN las siguientes ayudas destinadas a paliar los gastos familiares por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023, como medida de fomento a la natalidad, y apoyo a la economía familiar.

Tales subvenciones serán concedidas de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en las Bases reguladoras previstas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, antes citadas, a cuyo cumplimiento se condiciona el otorgamiento de aquellas y conforme al contenido de la presente convocatoria.

 

Texto Bases Ayudas

 

BOCM 22/05/2023

 

Plazo Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida en la presente convocatoria, será de 30 días naturales desde la fecha de nacimiento o adopción. Aquellos casos en los que el nacimiento o adopción se hubiera producido con anterioridad a la publicación de la presente Convocatoria de ayudas, el plazo de presentación de la solicitud será de 30 días naturales desde la fecha de publicación de la Convocatoria.

 

Guía Rápida

 

A quién van destinadas las ayudas de nacimiento y adopción

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para las unidades de convivencia por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023 que se encuentren empadronadas en el municipio de Las Rozas de Madrid de forma ininterrumpida anterior al 01 enero de 2022 hasta la fecha de registro de la Solicitud de la ayuda de nacimiento

 

¿Cuál es el importe de las ayudas?

El importe de las ayudas concedidas al albur de esta convocatoria será de 1.000 euros por cada menor nacido o adoptado. En todos los supuestos, solo se podrá conceder una ayuda por menor nacido o adoptado.

 

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Las familias o unidades de convivencia, que cumpliendo los requisitos hubieran tenido un menor biológico o adoptado durante el año 2023.

Cualquier persona española o extranjera con residencia legal en España (madre/padre o tutor legal del recién nacido/adoptado).

Al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado en Las Rozas de Madrid durante un año consecutivo, inmediato anterior al 01 de enero de 2023.

Los neonatos y adoptados deberán estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda.

En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los menores o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LAS AYUDAS

Solicitud Obligatoria: (Anexo I) ANEXO I BASES AYUDAS NATALIDAD

En caso de NO autorizar la consulta:

  • Fotocopia del DNI/NIE/PASAPORTE (en vigor si eres extranjero)
  • Fotocopia del libro de familia / registro civil
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta donde se solicita que se realice el ingreso.
  • En caso de adopción de menores, fotocopia cotejada de la resolución de la adopción
  • Volante de empadronamiento

 

RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS

 

Lote 1     Lote 2 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN LES ATENDEMOS EN:

Atención al Ciudadano – 010

A través del correo electrónico: ayudasnacimiento@lasrozas.es

 

 

 

 

 

El Ayuntamiento de Las Rozas, a través de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales, está gestionando la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a familias del municipio en situación de vulnerabilidad por el impacto de la COVID 19. Estas ayudas, financiadas al 100% en el marco del eje REACT-UE del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de la Comunidad de Madrid, tienen como finalidad dar cobertura a las necesidades básicas de personas y familias afectadas como consecuencia de la crisis económica y social derivada de la pandemia.

 

Guía de Ayudas de emergencia

 

Estas Ayudas están destinadas a hacer frente a gastos relacionados con la cobertura de necesidades de carácter básico (alimentación, salud, vestido, mantenimiento de la vivienda) y a gastos relacionados con el fomento de la inserción laboral (formación, búsqueda activa de empleo, conciliación, acceso a recursos de empleo)

 

1- ¿QUÉ SON?

Ayudas económicas para personas y familias en situación de emergencia social, por la crisis de la COVID-19.

 

2- ¿PARA QUIÉN?

Para todas aquellas personas que reuniendo los requisitos de solicitud, se comprometan a realizar actuaciones dirigidas al acceso al mercado de trabajo.

 

3- PLAZO

Se podrá presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2022, previa cita con trabajador/a social.

 

4- REQUISITOS DE ACCESO

Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante o mejora de empleo a fecha de la solicitud como consecuencia de la COVID-19.

Estar empadronado en el municipio de Las Rozas de Madrid y tener residencia en el mismo.

Tener nacionalidad española o la condición de nacional de los estados miembros de la Unión Europea o permiso de residencia y trabajo vigente.

Carecer de ingresos suficientes para hacer frente a las necesidades de la vida diaria (según la Ordenanza Reguladora de las Bases específicas del procedimiento para la gestión de Prestaciones Sociales del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid*).

Cita previa con trabajador/a social.

 

*Para más información sobre la ordenanza reguladora de las bases específicas del procedimiento para la gestión de prestaciones sociales del Ayuntamiento de Las Rozas puede consultar en el siguiente enlace: www.lasrozas.es

 

5- GASTOS SUBVENCIONABLES

Gastos de alojamiento y mantenimiento de la vivienda habitual (pago del alquiler de la vivienda o habitación, contrato de alquiler, deuda hipotecaria, gastos de agua, luz,gas..etc.)

Gastos de equipamiento básicos, relacionados con la vivienda o suministros (cocina, lavadora, frigorífico, estufa, calentador/caldera, reparaciones extraordinarias y urgentes...etc.)

Gastos de alimentación, nutrición, higiene y salud.

Gastos de cobertura de necesidades específicas de menores de 14 años (salud, higiene, ropa, calzado...etc.)

Gastos relacionados con la formación o búsqueda activa de empleo (participación en actividades formativas no regladas y/o sociolaborales, matrícula, tasas, transporte...etc.)

Gastos de equipamientos relacionados con la integración social o laboral y otras necesidades básicas, no contemplados en los apartados anteriores valoradas por el/la trabajador/a social y que se recojan como objetivos dentro del Diseño de intervención social

 

6- TRAMITACIÓN

Cita previa con trabajador/a social:

  • De forma telefónica llamando de L a V de 9:00 a 14:00 h al 91 757 95 00, o escribiendo un correo electrónico a atencionsocial@lasrozas.es
  • De forma presencial de L a V de 9:00 a 14:00 h en el Centro Municipal El Abajón, C/ Comunidad de La Rioja, 2.

Una vez pasada la entrevista con trabajador/a social podrá entregar la documentación:

  • De forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, si dispone de certificado o DNI electrónico.
  • De forma presencial: a través de la oficina de Registro General del Ayuntamiento de Las Rozas, situada en cualquiera de las Oficinas de Atención en Materia de Registro, con o sin cita previa.

La cita previa podrá obtenerse a través del siguiente enlace:

Cita Previa (lasrozas.es)

 

Descarga aquí el Anexo de solicitud

 

MÁS INFORMACIÓN

Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Distrito Centro

Centro Municipal El Abajón, C/ Comunidad de La Rioja, 2

Tel. 91 757 95 00, Horario de 9:00 a 14:00 horas (L-V)

atencionsocial@lasrozas

 

 

 

 

El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid motivado excepcionalmente por la necesidad social de dar un apoyo perentorio al incentivo de la natalidad y de la obligada reposición poblacional, como medio de consecución de una sociedad sostenible en el futuro, tanto social como económicamente, pone en marcha una Convocatoria Extraordinaria de ayudas no periódicas por nacimiento o adopción de menor. Dicha Convocatoria para los empadronados de Las Rozas de Madrid se realiza teniendo en cuenta que la situación de aumento de miembros en las unidades familiares o de convivencia acarrea la aparición de posibles dificultades económicas que pudieran abocar en riesgos de vulnerabilidad que se hace necesario prevenir

Por tanto SE CONVOCAN las siguientes ayudas destinadas a paliar los gastos familiares por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, como medida de fomento a la natalidad, y apoyo a la economía familiar.

Tales subvenciones serán concedidas de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en las Bases reguladoras previstas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, antes citada, a cuyo cumplimiento se condiciona el otorgamiento de aquellas y conforme al contenido de la presente convocatoria

 

RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE MENOR DEL MUNICIPIO DE LAS ROZAS DE MADRID

 

Lote 1     Lote 2     Lote 3     Lote 4     Lote 5     Lote 6     Lote 7

 

CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL BOCM EL 25 DE ABRIL DE 2022

 

Texto Bases Ayudas

 

BOCM 25/04/2022

 

Plazo Presentación de solicitudes

  • Los nacimientos o adopciones que se han producido desde el 1 de enero de 2022 hasta el día 24 de abril de 2022, tendrán de plazo para la presentación de las solicitudes de las Ayudas, hasta el próximo día 25 de mayo de 2022 (inclusive).
  • Los nacimientos o adopciones que se produzcan desde el día 25 abril de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, tendrán de plazo para la presentación de las solicitudes de las Ayudas, 30 días naturales a partir del día de nacimiento o adopción del menor.

 

A quién van destinadas las ayudas de nacimiento y adopción

Las ayudas económicas van destinadas a unidades de convivencia y familias por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

 

¿Cuál es el importe de las ayudas?

El importe de las ayudas concedidas será de 1.000 euros por cada menor nacido o adoptado.

 

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Las familias o unidades de convivencia, que cumpliendo los requisitos hubieran tenido un menor biológico o adoptado durante el año 2022.

Cualquier persona española o extranjera con residencia legal en España (madre/padre o tutor legal del recién nacido/adoptado).

Al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado en Las Rozas de Madrid durante un año consecutivo, inmediato anterior al 01 de enero de 2022.

Los neonatos y adoptados deberán estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda.

En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los menores o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LAS AYUDAS

Solicitud (Anexo I) ANEXO I BASES AYUDAS NATALIDAD

  • Fotocopia del DNI/NIE/PASAPORTE (en vigor si eres extranjero)
  • Documento de Datos Bancarios de Terceros. PERSONA FÍSICA (Impreso del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid)
  • Fotocopia del libro de familia / registro civil
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta donde se solicita que se realice el ingreso.
  • En caso de adopción de menores, fotocopia cotejada de la resolución de la adopción
  • Volante de empadronamiento

 

DÓNDE PUEDO PRESENTAR LA SOLICITUD DE LA AYUDA

Las solicitudes se dirigirán a la Concejalía de Familia, Servicios Sociales y Distrito Centro del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid y se presentarán en el:

  • Registro General del Ayuntamiento. Plaza Mayor, 1, Las Rozas. SOLITAR CITA PREVIA en 917 57 90 05 o en www. lasrozas.es
  • Registro General del Centro Cívico Las Matas. Paseo de Los Alemanes, 31. SOLITAR CITA PREVIA en 917 57 90 05 o en www. lasrozas.es
  • Portal del ciudadano en el siguiente enlace: https://portalciudadano.lasrozas.es
  • Oficinas de Correos a través del Registro Virtual Electrónico (ORVE) dirigido al AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID.

También podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la forma allí prevista.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN LES ATENDEMOS EN:

Atención al Ciudadano – 010

A través del correo electrónico: ayudasnacimiento2022@lasrozas.es

 

 

 

 

 

INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA

El objeto de la presente Convocatoria es la concesión directa de ayudas a personas físicas para dar respuesta al impacto económico a las familias y unidades de convivencia afectadas por la crisis del COVID-19 conforme a las condiciones que se establecen en las bases que se adjuntan. Concediéndose una ayuda por familia o unidad de convivencia.

 

Una vez pasado el plazo para la  posibilidad de presentar recurso reposición se retiran los datos de la web y las consultas de los interesados deberán realizarse en la Concejalía de manera presencial

 

 

Guías de Servicios Sociales

 

guía en español
Guía de lectura fácil
Guía en inglés
Guía en inglés
Portada
Guía en árabe
Portada
Guía en rumano

 

Guia Famillias

 

  Guía de Recursos municipales

 

  Para las familias de las Rozas

 

 

Atención social primaria

Canal de acceso o "puerta de entrada" al conjunto de prestaciones que ofrece el sistema público, y nexo de unión con las demás áreas de atención especializada.

Dirigida tanto a personas como familias en situación de necesidad, en la que se informa tanto sobre los servicios sociales, de otros recursos a disposición de la ciudadanía, o de los derechos que le asisten, a nivel individual y en grupo.

Atención a víctimas de violencia de género

Atención gratuita a mujeres que sufren violencia de género en cualquiera de su ámbitos (malos tratos en la relación de pareja, abusos sexuales en la infancia y adolescencia, agresiones sexuales, acoso sexual en el trabajo, violencia psicológica, mutilación genital femenina, tráfico de mujeres con fines de explotación sexual...).

Igualdad entre mujeres y hombres

Actividades para la promoción e impulso de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, respetando la diversidad, y evitando toda forma de discriminación.

Información y orientación para la población inmigrante

Asesoramiento y orientación gratuita personas de origen extranjero residentes en nuestro municipio.

Desarrollo de actividades que fomenten la convivencia y su plena integración, siempre trabajado sobre el conocimiento mutuo y la Tolerancia.

Programas y actividades de carácter social

Programas y actividades dirigidas a colectivos más vulnerables de nuestro municipio (infancia, mayores, personas con discapacidad,…).

Voluntariado

Punto de información sobre las necesidades, entidades y diferentes programas en los que se puede colaborar como voluntario dentro de nuestro municipio.

 

SANIDAD

Jabalíes

Recomendaciones para reforzar cerramientos privados ante la entrada de jabalíes

Salud pública

Programas y actividades de protección de la salud, con el objetivo de mejorar las condiciones sanitarias de nuestra población, previniendo y minimizando cualquier riesgo de infección o accidente.

Promoción y educación para la salud

Programas de prevención y sensibilización, que tienen por objetivo mejorar el estado de salud de los ciudadanos del municipio, y conseguir de Las Rozas una Ciudad Saludable.

Atención animal

Información, atención, promoción de aptitudes de tenencia responsables, y todas las acciones que persigan el conseguir mejorar las condiciones de residencia de los animales domésticos del municipio, a la vez que se promueve una convivencia armónica entre vecinos con y sin animales.

Recogida de animales, control de plagas y programas de control sanitario de animales silvestres y exóticos.