Noticias de Consumo

CIERRE DE LOS CENTROS DE DEPILACION LASER IDEAL

Ante el cierre del centro IDEAL situado en el Centro Comercial CARREFOUR EL PINAR DE LAS ROZAS, se aconseja a los afectados presentar reclamación contra la razón social de la empresa (ANHERLINE SL., CIF: B86123866, y domicilio en C/ Julián Camarillo 4, piso 4. 28037 MADRID).

Para ello, es necesario aportar un escrito con datos del reclamante, del reclamado (empresa), la descripción de lo sucedido y la pretensión del solicitante (anulación del contrato por incumplimiento de la clínica y la devolución del importe abonado o, en su caso, del importe de la parte no satisfecha).

Y adjuntar copia de los documentos que consideren oportunos para el esclarecimiento de los hechos: folletos, publicidad, presupuestos, contratos, acreditación de los pagos efectuados, facturas, mensajes de WhatsApp con el establecimiento…

Pueden presentar la reclamación en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de la sede electrónica en la web del Ayuntamiento de Las Rozas https://sede.lasrozas.es/ si disponen de certificado o DNI electrónico o están registrados en alguno de los siguientes sistemas de autenticación: Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente o Cl@ve Móvil.

Los organismos de Consumo intentarán una intermediación con la empresa a fin de alcanzar una solución voluntaria y, en caso de no ser posible, enviarán su denuncia a la Fiscalía.

Si se ha suscrito con una entidad un contrato de financiación vinculado, es necesario acudir a la entidad para anular el contrato de financiación por incumplimiento (no le han prestado el servicio completo). Estos contratos constituyen una unidad comercial, y por tanto, el incumplimiento del contrato de servicios conlleva la resolución del contrato de préstamo. Notifiquen a la financiera que la interrupción del servicio provoca que se cancelen sus obligaciones contractuales.

Si no atienden la solicitud, formulen una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la propia entidad de crédito, que dispone de un mes para dar respuesta. En caso de no ser atendida la petición o si están disconformes con la respuesta, pueden presentar reclamación ante el Banco de España.

Por último, indicar que, si la empresa finalmente solicitara el concurso de acreedores es posible personarse en el procedimiento como acreedor, con el objetivo de recuperar el dinero invertido sin obtener el servicio.

Los afectados tendrán un mes para comunicar su crédito al administrador concursal que sea designado. La información será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fecha a partir de la cual comenzará a contar el plazo de un mes. Por tanto, es importante que se mantengan informados.

En todo caso siempre tendrán abierta la vía judicial para poder llevar su caso a los tribunales de justicia.

Para cualquier duda, pueden contactar con la OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR, situada en la Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 Las Rozas. Teléfono: 91 757 99 73. Mail: consumo@lasrozas.es

 

LA OMIC INFORMA: LAS REBAJAS EN 2021

Este año comprar en rebajas va a ser algo diferente tanto por las especiales medidas de prevención contra la COVID en los comercios (restricciones de aforo, utilización de gel hidroalcohólico…) como por el aumento de las compras online.

Lo que no cambia es que los consumidores siguen teniendo los mismos derechos que en cualquier otra época y pueden adquirir productos a unos precios más bajos que en el resto del año.

Para que un artículo se considere rebajado el precio anterior debe figurar en la etiqueta junto con el nuevo, incluyendo en ambos casos siempre el IVA y debe estar expuesto de manera independiente a los productos que no están rebajados.

Un producto rebajado debe cumplir todas las normas de calidad y etiquetado. De la misma manera, el producto debe haber estado incluido con anterioridad en condiciones de precio ordinario dentro del establecimiento.

Las ventas de liquidación (artículos a la venta a precio más bajo por cierre o cambio de negocio, entre otros) y los saldos (artículos con algún desperfecto o taras) no se consideran rebajas.

La venta de saldos se puede simultanear con las rebajas, pero tienen que estar expuestos en lugares diferentes y claramente diferenciados. No ocurre lo mismo con las liquidaciones, que no pueden coincidir con las rebajas.

 Al igual que sucede fuera de rebajas, los productos tienen una garantía de dos años.

Los cambios y devoluciones de productos no defectuosos no están regulados por normativa sino que dependen de la política comercial de cada establecimiento. Así que es conveniente informarse sobre esta cuestión antes de realizar la compra.

Pida el ticket o la factura de todas las compras que realice, ya que es necesario en caso de que tenga que reclamar. 

Todos los establecimientos están obligados a tener hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios que las soliciten, y por supuesto, también en rebajas.

SI COMPRA POR INTERNET, PONGA ESPECIAL ATENCIÓN EN LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

  • Identificación del vendedor:

Las empresas de comercio electrónico que operan en España tienen la obligación legal de publicar en su página web los datos referentes a su denominación social, NIF, dirección postal y datos de contacto.

En las plataformas como eBay o similares, donde las transacciones se realizan entre particulares, es importante mirar las calificaciones del vendedor y las opiniones de otros usuarios. Conocer su reputación proporciona cierta garantía de cómo se efectuará el proceso de compra.

En caso de duda, lo mejor es comunicarse con el vendedor a través de sus datos de contacto.

  • Transacción segura:

Al comprar a través de Internet, es necesario tomar las mismas precauciones de seguridad que cuando se hacen transacciones bancarias, es decir, usar conexiones seguras y tener un software de seguridad o antivirus instalado en el dispositivo desde el que se efectúa la compra.

En la barra superior del navegador, donde se coloca la URL de la página web, el "http://" se debe transformar en https:// si los datos están siendo cifrados y, por tanto, se encuentran protegidos.

  • Formas de pago:

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios prohíbe que nos cobren cargos adicionales por el uso de un método de pago específico.

La tienda online debe dar la opción de pagar de la forma que más nos convenga (con tarjeta de crédito o débito, por transferencia bancaria, PayPal...) sin que esto implique un coste extra.

Nunca compartir datos bancarios a través de correos electrónicos con la tienda online, ni suministrar el PIN o clave de seguridad, aunque sí es frecuente que se solicite el número de seguridad de la tarjeta (CVV), que se encuentra al dorso de la misma.

Guardar toda la documentación relacionada con la transacción: confirmación del pedido, comprobante de la transferencia o pago y los acuerdos de envío (plazos, costes, garantías), ya que podría ser necesaria a la hora de hacer una reclamación.

  • Plazos y condiciones de entrega:

Las condiciones de entrega deben especificarse durante el proceso de compra. Si no se hiciera, debe saber que el plazo máximo de entrega de un producto comprado a través de Internet es de 30 días.

Si el vendedor no puede cumplir con el periodo prometido, tiene la obligación de notificarlo y así poder decidir seguir adelante con la operación o desistir sin que esto suponga un coste adicional.

En este caso, el vendedor está obligado a devolverte de manera inmediata el dinero.

Devoluciones y desistimiento:

La ley establece un plazo de desistimiento para las compras fuera de establecimiento comercial de los 14 días siguientes a la recepción del producto o a la contratación de un servicio sin tener que dar ninguna justificación.

Si no se indica claramente que en caso de devolución los gastos de envío corren por parte del comprador, el vendedor tendrá que hacerse cargo de los mismos.

 

Garantías

Al comprar a través de Internet, los productos o bienes adquiridos están protegidos por las mismas garantías que si hubiesen sido comprados en una tienda o comercio físico.

Al recibir un producto, se debe comprobar el estado en que llega el paquete. Si estuviese dañado o golpeado, es posible devolverlo indicando el motivo o firmar el acuse de recibo del mensajero dejando constancia escrita de que presenta daños exteriores visibles.

 

RECLAMACIONES

Las rebajas implican una reducción de precio del artículo, pero no de la calidad ni de los derechos de los consumidores. Si tiene algún problema, el primer paso es tratar de resolverlo con el vendedor.

Si no se llega a una solución, puede acudir a la OMIC para formular la reclamación a través del correo electrónico consumo@lasrozas.es

Si ha sido víctima de un delito en Internet debe hacer la denuncia en la comisaría de Policía. Además, la Guardia Civil cuenta con el "Grupo de Delitos Telemáticos" dedicado a perseguir cualquier tipo de fraude a través de la Red.

 

 

 

Cierre de las clínicas DENTIX

Ante el aumento del  número de reclamaciones que estamos recibiendo de ciudadanos de Las Rozas con motivo del cierre de las clínicas DENTIX, puedes descargarte la nota informativa del Ministerio de Consumo sobre los derechos que asisten a los usuarios ante la situación concursal de la mercantil DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL (DENTIX).

Nota Informativa

 

LA OMIC INFORMA: NUEVAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES EN TIEMPOS DEL COVID19

Se acaba de publicar el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Entre estas medidas se incluyen una serie de mecanismos que garantizan la protección de los derechos de los consumidores y usuarios en un contexto excepcional como el actual.

Derecho a resolver el contrato de compraventa de bienes o prestación de servicios de imposible cumplimiento

Si por el estado de alarma los contratos de compraventa o de prestación de servicios fuesen imposibles de cumplir, el consumidor o usuario puede resolverlo en un plazo de 14 días.

La pretensión de resolución sólo podrá ser estimada cuando no quepa obtener de la propuesta o propuestas de revisión ofrecidas por cada una de las partes, sobre la base de la buena fe, una solución que restaure la reciprocidad de intereses del contrato. Las propuestas de revisión podrán abarcar, entre otras, el ofrecimiento de bonos o vales sustitutorios al reembolso.

Si finalmente el consumidor solicita la devolución de las cantidades abonadas, el empresario estará obligado a devolverlas, salvo gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor, en la misma forma en que se realizó el pago en un plazo máximo de 14 días, salvo aceptación expresa de otras condiciones más beneficiosas o que le interesen más.

Pasados 60 días sin acuerdo entre las partes, tendrá que procederse al reembolso por la cantidad por la que se suscribió el contrato.

Si estamos ante un contrato de los llamados de tracto sucesivo (por ejemplo: un contrato de suministros  o de prestación de servicios como un gimnasio o una academia…) que se abona de manera regular y periódica, se establece que la empresa suministradora podrá ofrecer opciones de recuperación del servicio a posteriori.

Si el consumidor no puede o no acepta dicha recuperación, podrá solicitar la devolución de los importes ya abonados en la parte correspondiente al periodo del servicio no prestado por dicha causa.

El consumidor también podrá aceptar minorar la cuantía que resulte de las futuras cuotas a imputar por la prestación del servicio.

La empresa prestadora de servicios no podrá cobrar nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad, sin que ello dé lugar a la finalización del contrato, salvo que consumidor y empresa así lo quieran.

Viajes combinados

En el caso de los contratos de viajes combinados que hayan sido cancelados por con motivo del COVID19, el organizador o el minorista (agencia de viajes…) podrá entregar al consumidor o usuario un bono con una validez de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido.

Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podrá solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado. En cualquier caso, el eventual ofrecimiento de un bono sustitutorio temporal deberá contar con el suficiente respaldo financiero que garantice su ejecución.

Si los proveedores de los servicios (alojamiento, transporte, u otros) hubiesen procedido a la devolución de los importes pagados al mayorista, o minorista en su caso, el consumidor puede resolver el contrato, procediendo la devolución al consumidor de la cantidad total abonada o parte de ésta (si solo una parte de los proveedores procedió a su devolución) siendo descontada del importe del bono entregado por la resolución del contrato.

El organizador o, en su caso, el minorista, procederán a efectuar los reembolsos citados anteriormente en un plazo no superior a 60 días desde la fecha de la resolución del contrato o desde aquella en que los proveedores de servicios hubieran procedido a su devolución.

Prohibición de publicidad de juegos de azar y apuestas online.

Dadas las implicaciones de la declaración del estado de alarma en términos de movilidad y oferta de ocio disponible para los ciudadanos, para evitar la intensificación del consumo de juegos de azar en línea (en particular, los juegos de casino, bingo y póker), que puede derivar en conductas de consumo compulsivo o incluso patológico (especialmente para proteger a los menores de edad, adultos jóvenes o personas con trastornos de juego en un momento de mayor exposición), se limitan las comunicaciones comerciales que realizan los operadores de juego de ámbito estatal, incluyendo a las entidades designadas para la comercialización de los juegos de lotería.

Se prohíben las actividades de promoción dirigidas a la captación de nuevos clientes o de fidelización de clientes existentes que recojan cuantías económicas, bonos, bonificaciones, descuentos, regalos de apuestas o partidas, multiplicadores de cuotas o premios o cualquier otro mecanismo similar.

Se prohíbe la emisión de comunicaciones comerciales en servicios de la sociedad de la información (incluidas comunicaciones individualizadas en correos electrónicos o medios equivalentes y redes sociales).

Únicamente se aceptan anuncios publicitarios de este tipo de actividades en televisión en horario de 1 a 5 de la madrugada.

Por último recordar que, en la sede de la OMIC en la Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 continuamos a su disposición para cuantas consultas y reclamaciones desee formular a través de:

Correo electrónico: consumo@lasrozas.es

Teléfono: 91 757 99 73

 

INFORMACIÓN OMIC PARA LOS AFECTADOS DE IDENTAL

EL JUZGADO RATIFICA la suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales formuladas por las entidades financieras CONTRA LOS AFECTADOS DE IDENTAL

Las autoridades de consumo venimos observando, con enorme preocupación, la presión a la  que están siendo sometidos los afectados/pacientes de la extinta comercial  iDental, que han suscrito créditos vinculados a los tratamientos odontológicos con entidades financieras,  ya que dichas entidades, u otras que han adquirido u obtenido con posterioridad la titularidad por cualquier título, razón o precio aquellos contratos de crédito, están exigiendo el pago de la deuda, continuando con la emisión de recibos al cobro, o incluyendo, o bien amenazando con incluir, a los deudores en un fichero patrimonial (registro de morosos).

El Juez del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, ha emitido un Auto  el 5 de febrero de 2019, que ha reiterado el pasado 13 de septiembre (Auto que se adjunta), mediante el cual recordaba a las entidades financieras el siguiente ACUERDO:

 1.- Reiterar la vigencia de la medida cautelar la suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales que se hayan formulado por las entidades financieras que hayan suscrito contratos de crédito vinculados a los tratamientos odontológicos firmados con las clínicas del Grupo IDENTAL, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores o perjudicados.

2.- Requerir a las entidades financieras SABADELL CONSUMER FINANCE SAU, BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL SA; EVO FINANCE; SANTANDER CONSUMER FINANCE; BANCO CETELEM SAU; BANCO PICHINCHA; UNO-E-BANK SA; BBVA CONSUMER FINANCE; FINANMADRID SAU PEPPER EFC; MONTJUIC EFC SA, y otras que hayan suscrito tales contratos de crédito, a fin de que cesen en las reclamaciones descritas, para el caso de haberlas reanudado, así como a abstenerse de incluir en ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos contratados y procedan a retirar de los registros citados a aquellas personas cuya inscripción se solicitó por el impago de los créditos.

3.- Requerir, exactamente en los mismos términos, a aquellas otras entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio de aquellos contratos de crédito. En particular, se hará este requerimiento directamente a las entidades reportadas a este Juzgado siguientes: LINK FINANZAS SLU, LC ASSET 1 SARL y HOIST FINANCE SPAIN S. L. U.

4.- Las personas perjudicadas personadas en la causa o aquellas otras, aún no personadas, que estén siendo afectadas por tales reclamaciones, en particular en el caso reportado de entidades de crédito, financieras o de cualquier otra índole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualquier título, razón o precio, de aquellos contratos de crédito, podrán comunicarlo al Juzgado a fin de poder adoptar las medidas necesarias para la efectividad de lo resuelto.

Vista la existencia, todavía, de cientos de procedimientos y denuncias que están en fase de registro e incoación judicial, se dará a esta resolución la mayor difusión posible en medios de comunicación social”

Se informa a todos aquellos afectados que se encuentren personados o no, en el proceso que se lleva a cabo en la Audiencia Nacional,  de la importancia de presentar su caso de forma individual, con la documentación que lo acredite si ello fuera posible, ante el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional a los efectos que en su momento el Juez determine, con una breve descripción de los hechos.

Nota sobre la aplicación del auto del juez

Auto JCI nº 5 Reiteracion suspensión reclamaciones entidades bancarias

 

LA OMIC INFORMA:

La AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS alerta a pymes y autónomos de los riesgos de contratar servicios de adecuación a la normativa a ‘coste cero'

  • El conocido como ‘coste cero’ consiste en ofertar servicios a un precio muy bajo o de forma gratuita, abonando los mismos mediante fondos destinados a formación para trabajadores
  • La Agencia ha publicado un documento informativo, elaborado con la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Agencia Tributaria, que recoge las sanciones que pueden imponerse por las infracciones administrativas que puede entrañar la contratación de este tipo de servicios
  • La Agencia también previene de otras prácticas fraudulentas asociadas, como difundir que se está obligado a contratar un DPD en todos los casos o la oferta de servicios innecesarios, entre otras

(3 de julio de 2019). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado un documento informativo en el que alerta a pymes y autónomos de los riesgos de contratar los servicios de adecuación a la normativa de protección de datos a empresas que la ofrecen a ‘coste cero’. El documento, que ha sido elaborado con la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Agencia Tributaria, también recoge otras prácticas fraudulentas que suelen estar asociadas a este tipo de servicios.

 La adecuación a la normativa de protección de datos conocida como coste cero consiste en ofertar estos servicios a un precio muy bajo o incluso de forma gratuita, abonando el pago de estos mediante los fondos de la empresa destinados a los programas de formación para trabajadores, que son objeto de bonificación por parte de la Seguridad Social.

 La contratación del servicio de adecuación a la normativa de protección de datos a coste cero, financiada con cargo a fondos públicos a través de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social para la formación profesional para el empleo, puede derivar en infracciones que se sancionarán, por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con multas de 626 euros a 187.515 euros, sin perjuicio de considerar, en cada caso, una infracción por cada empresa y por cada acción formativa, la solidaridad de los distintos sujetos intervinientes en la organización y ejecución de la formación en la devolución de las cantidades indebidamente obtenidas y las sanciones accesorias que en cada caso procedan.

 Además, en lo referente al cumplimiento de obligaciones tributarias por parte de las empresas, tanto de quien oferta el servicio como de quien lo contrata, las actividades formativas destinadas a los trabajadores están exentas de tributación por el IVA, mientras que el tipo que corresponde a un servicio de adecuación a una determinada legislación sería del 21%. De enmascararse el servicio realmente llevado a cabo se puede estar cometiendo, por tanto, una infracción tributaria, sancionable con multa pecuniaria proporcional, del 50% en adelante, sobre la cuantía no ingresada.

 La Agencia también advierte a pymes y autónomos, destinatarios fundamentales de este tipo de prácticas, que los servicios de adecuación a la normativa requieren de la realización de un estudio individual pormenorizado de la entidad, los tipos de tratamientos que se realizan, los sistemas informáticos y los sistemas de gestión documental, aplicando los principios de protección de datos en los procedimientos. Por tanto, es insuficiente un asesoramiento basado en documentos genéricos que no tengan en cuenta las características específicas de la actividad.

 Por otro lado, hacer creer a pymes y autónomos que están obligadas en cualquier caso a designar un delegado de protección de datos u ofrecer servicios innecesarios para los tratamientos que realiza la empresa son otros de los mensajes engañosos frecuentes.

 El documento también hace referencia a prácticas agresivas y que podrían incurrir en competencia desleal, como actuar con intención de suplantar la identidad de la Agencia en las comunicaciones que se realizan, generar la apariencia de que se está actuando en colaboración con la AEPD, realizar prácticas comerciales en las que se coarte el poder de decisión de los destinatarios mediante la referencia a la posible imposición de sanciones por incumplimiento de la normativa de protección de datos, u ofrecer documentación por la que se pretenda crear una apariencia de cumplimiento de la normativa de forma complementaria a la realización de acciones formativas sin haber llevado a cabo las actuaciones necesarias para verificar dicho cumplimiento. En estos casos, los afectados podrán ejercer acciones ante los juzgados de lo mercantil o denunciarlo ante la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia si se vulnera la Ley de Defensa de la Competencia.

 La Agencia recuerda la conveniencia de que las pymes y autónomos que quieran o tengan que contratar servicios de adecuación a la normativa de protección de datos se aseguren de que los servicios que se les ofrecen no incurren en las prácticas mencionadas con anterioridad. Además, por lo que respecta al ámbito de actuación de la AEPD, existen varios canales de información a los responsables (Canal INFORMA) y a los ciudadanos (Atención al ciudadano) y una herramienta gratuita de ayuda (FACILITA_RGPD) dirigida a empresas que realicen un tratamiento de datos personales de escaso riesgo.

 

LA OMIC INFORMA:

Derechos del consumidor en viajes combinados y servicios de viaje vinculados

En el periodo estival aumenta la contratación de viajes y muchos son los consumidores que optan por hacerlo a través de internet.

Este cambio en nuestros hábitos ha propiciado que la normativa, que regulaba los viajes combinados, se modifique incluyendo la regulación de nuevos servicios como son por ejemplo las entradas para conciertos o acontecimientos deportivos o las visitas guiadas cuando se combinan con un solo servicio de viaje de otro tipo y representan al menos el veinticinco por ciento del valor del viaje o si se han publicitado como un elemento esencial del viaje o vacación.

Se garantizan así unos derechos claramente definidos no sólo antes y durante el proceso de la reserva de los viajes combinados sino también hasta la finalización del viaje. Entre algunos de estos derechos destacan el derecho a recibir información precontractual, la responsabilidad del organizador por la ejecución adecuada de los servicios de viaje o la protección frente a la insolvencia. Y estos derechos se aplican tanto si el viaje combinado ha sido adquirido online como de forma presencial a un operador turístico, una agencia de viajes o a cualquier otro operador económico que actúe como organizador del viaje combinado.

Aclarar que la legislación europea sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados no abarca los servicios de viaje independientes (como el vuelo o el alojamiento que se reservan separadamente), determinados tipos de viajes de negocios, los viajes combinados que se venden sobre la base de un convenio general de manera ocasional y sin ánimo de lucro a un grupo limitado de viajeros, y los viajes combinados que duren menos de 24 horas, a menos que incluyan el alojamiento.

¿Qué es un viaje combinado?

Es aquel que combina, al menos, dos servicios para un mismo viaje o vacación (por ejemplo, transporte + alojamiento), a un precio global y cuya duración sobrepasa las 24 horas o incluya una noche de estancia. Deben contratarse en un único punto de venta y deberán ser anunciados o vendidos como “viaje combinado” o bajo una denominación similar que denote una conexión estrecha entre los servicios como, por ejemplo, “oferta combinada”, “todo incluido” o “paquete turístico o vacacional”.

También entran en esta denominación la combinación de servicios de viaje realizada a petición del viajero que diseña su lugar de salida, recorrido, destinos intermedios, estancias, el regreso, así como la duración del viaje.

Derechos de los consumidores en los viajes combinados:

Antes de reservar un viaje combinado, el punto de venta (la web o la aplicación de reserva, por ejemplo) o la agencia de viajes deben facilitar la información clara y exacta sobre el viaje:

  • El destino del viaje (itinerario, fechas y duración de la estancia, información detallada sobre los traslados, visitas o excursiones) y una lista de los servicios incluidos (número de comidas que se van a servir y si las bebidas están o no incluidas en el menú…)
  • El nombre y los datos de contacto del organizador del viaje combinado y, cuando se venda a través de un minorista, del minorista.
  • El precio total, incluidos todos los impuestos, y, en su caso, todas las tasas adicionales, y las modalidades de pago.
  • Información sobre cómo poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado a cambio del pago de una penalización razonable.
  • El idioma en el que se prestarán los servicios, en el caso de que el disfrute de los mismos dependa de la capacidad del viajero para entenderse.
  • Si el viaje es apto para personas con movilidad reducida, información sobre la idoneidad del viaje en función de sus necesidades.
  • Información sobre los requisitos de pasaporte y visado.
  • Información sobre la suscripción de un seguro facultativo que cubra los gastos originados en caso de que el viajero decida poner fin al contrato o los gastos de asistencia, incluidos los de repatriación, en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

La información contenida en el folleto es vinculante para el organizador del viaje y no se modificará salvo que las partes contratantes acuerden expresamente lo contrario. El organizador, o en su caso, el minorista, comunicarán al viajero de manera clara y destacada los cambios que se produzcan en la información previa al contrato.

Además es el empresario el responsable de probar que ha aportado al viajero toda la información relativa al viaje.

En el caso de que el minorista no informe, antes de la celebración del contrato, sobre las comisiones, cargos u otros costes adicionales, el viajero no tendrá que abonarlos. 

El contrato debe formalizarse por escrito en lenguaje claro y comprensible. El viajero tiene derecho a recibir una copia del contrato en soporte duradero. También cuando este se realiza fuera del establecimiento.

En él deben figurar, al menos, los datos siguientes:

  • La información precontractual, descrita en el apartado anterior.
  • El nombre de la entidad garante en caso de insolvencia.
  • Cualquier solicitud del viajero que haya sido aceptada por el organizador.
    La obligación del viajero de comunicar, por escrito o de cualquier otra forma que deje constancia, los incumplimientos del contrato.
  • El procedimiento para formular una reclamación e información sobre los sistemas de resolución alternativa de litigios.
  • Para los viajes y estancias de menores en el extranjero, la información que permita establecer un contacto directo con ellos o con los responsables de su estancia durante el viaje.

Además, en el momento de formalizar el contrato, el organizador tiene que facilitar al viajero los títulos, bonos y demás documentos de los servicios contratados, así como entregar una factura en la que figure el precio total abonado.

El organizador solo podrá aumentar el precio del viaje combinado si aumentan determinados costes (por ejemplo, el precio del combustible). Esto debe estar claramente explicado en el contrato y la modificación solo puede aplicarse hasta 20 días antes del inicio del viaje combinado. Si el aumento de precio es superior al 8% del precio total del viaje combinado, el viajero tiene derecho a poner fin al contrato de viaje combinado sin penalización.

Si no puede viajar, tienen derecho a:

  • Ceder el viaje combinado a otra persona. Cumpliendo con una serie de condiciones, puede ceder el viaje combinado a otra persona, aunque puede que tenga que pagar un recargo razonable que no podrá superar los costes asumidos por el organizador por la cesión de su viaje combinado.
  • Poner fin al contrato. El organizador podrá, no obstante, cobrar una penalización razonable que dependerá, sobre todo, de la fecha de la anulación.

Estos derechos son independientes de los que pueda tener si ha suscrito una póliza de seguro de anulación.

En condiciones normales, si el organizador anula el contrato antes del inicio del viaje combinado, el viajero tiene derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una indemnización.

Si la cancelación es por circunstancias excepcionales (catástrofe natural o de graves problemas de seguridad en el destino vacacional) el organizador podrá anularlo. El viajero también podrá anular el viaje combinado sin cargo alguno por las mismas razones. En estos casos, tiene derecho al reembolso completo de todos los pagos que haya realizado, pero no tiene derecho a una indemnización adicional.

El viajero dispone de un plazo de 14 días naturales para ejercer su derecho de desistimiento sin necesidad de justificación cuando se haya contratado el viaje fuera del establecimiento, por ejemplo, si se ha realizado en línea.

¿Qué son los servicios de viaje vinculados?

Se trata de una nueva modalidad contractual que, a menudo, compite con los viajes combinados.

Se denomina viaje vinculado a aquel que incluye también dos tipos diferentes de servicios de viaje adquiridos con motivo del mismo viaje y dan lugar a la celebración de contratos distintos con cada uno de los prestadores de estos servicios de viaje.

Para que un viaje sea vinculado, se debe cumplir alguna de estas dos condiciones:

  • Con ocasión de una única visita o contacto con el punto de venta del empresario, los viajeros seleccionen y contraten por separado cada servicio del viaje.
  • Si la empresa con la que se contrata el primer servicio facilita uno adicional con otro empresario y el viajero lo contrata como muy tarde 24 horas después del primer contrato.

En estos casos, los empresarios deben informar a los viajeros de que están contratando servicios de viaje vinculados y, por lo tanto, no podrán acogerse a ninguno de los derechos que se aplican exclusivamente a los viajes combinados.

Al reservar un viaje, la empresa (la agencia de viajes o el sitio web) es responsable de los defectos técnicos en el sistema de reserva así como de los errores cometidos por el minorista si él es responsable de organizar la reserva de un viaje combinado o de servicios de viaje que forman parte de servicios de viaje vinculados.

Las empresas no son responsables de los errores de reserva atribuibles al viajero ni de los problemas considerados inevitables o debidos a circunstancias extraordinarias.

Protección en caso de quiebra:

Si la empresa con la que se ha reservado las vacaciones quiebra, el viajero estará protegido frente a la insolvencia. La garantía cubrirá el importe de los pagos que haya hecho y, en caso necesario, repatriará al viajero siempre que el viaje incluya el transporte.

RECUERDE que si tiene alguna duda o le ha surgido un problema, puede acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), en la Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 de Las Rozas. Teléfono 91 757 99 73. E-mail: consumo@lasrozas.es

 

Y tambien:

En los últimos años, el mes de noviembre viene señalado en el calendario por dos fechas importantes para los consumidores en cuanto a compras se refiere: Black Friday y Ciber-Monday, una costumbre que proviene de Estados Unidos y que se viene celebrando en España desde el año 2012.

Por ello, nos permitimos ofrecer una serie de consejos para evitar problemas y que sus derechos como consumidor no se vean vulnerados.

 Piense bien si realmente necesita los artículos, y compare los precios de los que le interesen en distintas tiendas. Si ya tenía pensado adquirir algún artículo en el que tenga que invertir una cantidad importante de dinero (electrodomésticos o artículos de electrónica, por ejemplo) podría ser un buen momento para realizar la compra.

  • Los establecimientos comerciales deben anunciar claramente la duración de estos períodos de ofertas. Fíjese bien para no perder la oportunidad de comprar a precios más bajos.
  • Si le interesa un artículo en concreto, compare los precios varios días antes del Black Friday o el Ciber- Monday, ya que a veces los comercios los suben algunos días antes para que las rebajas parezcan mayores.
  • Recuerde que en la oferta debe indicarse con claridad y debe aparecer el precio anterior junto con el reducido en la etiqueta del artículo.
  • Si encuentra un comercio que anuncia ofertas de modo general, deberán tener como mínimo la mitad de los artículos a la venta con ofertas especiales y si hay distintos tipos de ofertas en el mismo establecimiento, como rebajas y productos de saldo, o de precios, artículos de precio normal junto otros de precio reducido, deben encontrarse claramente diferenciados y que no induzca a error al consumidor.
  • Los artículos en oferta tienen la misma garantía que los que se adquieren al precio habitual.
  • Pida el ticket o la factura de todas las compras que realice, ya que es necesario en caso de que tenga que reclamar. 
  • Infórmese de si el comercio admite cambios o devoluciones. No están obligados a hacerlo, a no ser que el producto esté defectuoso o lo anuncie expresamente como condición especial. Pida información sobre ello en el establecimiento.

 

 

Si compra por Internet, ponga especial atención en los siguientes aspectos:

  • Identificación del vendedor:

Las empresas de comercio electrónico que operan en España tienen la obligación legal de publicar en su página web los datos referentes a su denominación social, NIF, dirección postal y datos de contacto.

En las plataformas como eBay o similares, donde las transacciones se realizan entre particulares, es importante mirar las calificaciones del vendedor y las opiniones de otros usuarios. Conocer su reputación proporciona cierta garantía de cómo se efectuará el proceso de compra.

En caso de duda, lo mejor es comunicarse con el vendedor a través de sus datos de contacto.

  • Transacción segura:

Al comprar a través de Internet, es necesario tomar las mismas precauciones de seguridad que cuando se hacen transacciones bancarias, es decir, usar conexiones seguras y tener un software de seguridad o antivirus instalado en el dispositivo desde el que se efectúa la compra.

En la barra superior del navegador, donde se coloca la URL de la página web, el "http://" se debe transformar en https:// si los datos están siendo cifrados y, por tanto, se encuentran protegidos.

  • Formas de pago:

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios prohíbe que nos cobren cargos adicionales por el uso de un método de pago específico.

La tienda online debe dar la opción de pagar de la forma que más nos convenga (con tarjeta de crédito o débito, por transferencia bancaria, PayPal...) sin que esto implique un coste extra.

Nunca compartir datos bancarios a través de correos electrónicos con la tienda online, ni suministrar el PIN o clave de seguridad, aunque sí es frecuente que se solicite el número de seguridad de la tarjeta (CVV), que se encuentra al dorso de la misma.

Guardar toda la documentación relacionada con la transacción: confirmación del pedido, comprobante de la transferencia o pago y los acuerdos de envío (plazos, costes, garantías), ya que podría ser necesaria a la hora de hacer una reclamación.

  •          Plazos y condiciones de entrega:

Las condiciones de entrega deben especificarse durante el proceso de compra. Si no se hiciera, debe saber que el plazo máximo de entrega de un producto comprado a través de Internet es de 30 días.

Si el vendedor no puede cumplir con el periodo prometido, tiene la obligación de notificarlo y así poder decidir seguir adelante con la operación o desistir sin que esto suponga un coste adicional.

En este caso, el vendedor está obligado a devolverte de manera inmediata el dinero.

 

Devoluciones y desistimiento:

La ley establece un plazo de desistimiento para las compras fuera de establecimiento comercial de los 14 días siguientes a la recepción del producto o a la contratación de un servicio sin tener que dar ninguna justificación.

Si no se indica claramente que en caso de devolución los gastos de envío corren por parte del comprador, el vendedor tendrá que hacerse cargo de los mismos.

 

Garantías

Al comprar a través de Internet, los productos o bienes adquiridos están protegidos por las mismas garantías que si hubiesen sido comprados en una tienda o comercio físico.

Al recibir un producto, se debe comprobar el estado en que llega el paquete. Si estuviese dañado o golpeado, es posible devolverlo indicando el motivo o firmar el acuse de recibo del mensajero dejando constancia escrita de que presenta daños exteriores visibles.

 

CÓMO REALIZAR UNA RECLAMACIÓN

Si tiene algún problema, el primer paso es tratar de resolverlo con el vendedor.

Si no se llega a una solución, puede acudir a la OMIC para formular la reclamación personalmente en la Casa Consistorial, Plaza Mayor, 1 de Las Rozas, o a través del correo electrónico consumo@lasrozas.es

Si ha sido víctima de un delito en Internet debe hacer la denuncia en la comisaría de Policía. Además, la Guardia Civil cuenta con el "Grupo de Delitos Telemáticos" dedicado a perseguir cualquier tipo de fraude a través de la Red.

 

 

Para conocer más sobre la OMIC de Las Rozas, pueden visitar la web www.lasrozas.es