Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
Guía práctica para circular en Las Rozas
Los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, están regulados por normativa estatal y por la Ordenanza Municipal de Las Rozas.
Estas son las claves que debes conocer antes de circular.
🟦 1. ¿QUÉ ES UN VMP?
Es un vehículo:
✔ De una o más ruedas
✔ De una única plaza
✔ Propulsado exclusivamente por motor eléctrico
✔ Con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h
⚠ Solo pueden tener asiento si cuentan con sistema de autoequilibrado.
✔ De una o más ruedas
✔ De una única plaza
✔ Propulsado exclusivamente por motor eléctrico
✔ Con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h
⚠ Solo pueden tener asiento si cuentan con sistema de autoequilibrado.
NO son VMP:
✖ Ciclomotores
✖ Bicicletas eléctricas (pedaleo asistido)
✖ Vehículos para personas con movilidad reducida
✖ Vehículos que superen 25 km/h
✖ Juguetes (≤ 6 km/h)
✖ Ciclomotores
✖ Bicicletas eléctricas (pedaleo asistido)
✖ Vehículos para personas con movilidad reducida
✖ Vehículos que superen 25 km/h
✖ Juguetes (≤ 6 km/h)
🟦 2. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
📌 Certificado de circulación
El vehículo debe disponer de certificado que garantice que cumple los requisitos técnicos.
📌 Registro
Debe inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos (sección Vehículos Personales Ligeros).
📌 Etiqueta identificativa
Debe portar la etiqueta oficial visible en la parte trasera.
🟦 3. ¿ES OBLIGATORIO EL SEGURO?
✔ Sí.
La normativa estatal establece la obligación de contar con seguro obligatorio de responsabilidad civil.
✔ En actividades económicas (reparto, alquiler, servicios turísticos, etc.) es obligatorio también por normativa municipal.
✔ En uso particular es altamente recomendable.
🟦 4. EDAD MÍNIMA
🔹 En Las Rozas: 16 años para circular por la vía pública.
🔹 Menores de 16 años: solo en espacios cerrados al tráfico y bajo responsabilidad de padres o tutores.
⚠ Ser titular del vehículo no autoriza a circular si no se cumple la edad mínima.
🟦 5. USO DEL CASCO
🔹 Uso particular: recomendable.
🔹 Actividades económicas: obligatorio.
🟦 6. ¿POR DÓNDE SE PUEDE CIRCULAR?
⚠ El peatón siempre tiene prioridad.
✔ Permitido en:
- Carriles bici
- Ciclocalles
- Calles limitadas a 30 km/h
- Sendas bici
- Parques por itinerarios autorizados
- Zonas 10
✖ Prohibido en:
- Aceras y zonas peatonales
- Vías interurbanas
- Carriles bus
- Autopistas y autovías
🟦 7. LÍMITES DE VELOCIDAD
🚫 Nunca superar 25 km/h (limitación técnica del vehículo).
Además:
Sendas compartidas con peatones → 5 km/h
Aceras bici → 10 km/h
Zonas 20 → 20 km/h
Zonas 30 → límite general de la vía
🔹 Siempre adaptar la velocidad a las circunstancias.
🟦 8. CONDUCTAS PROHIBIDAS
Está prohibido:
🚫 Circular con auriculares
🚫 Usar el móvil durante la conducción
🚫 Conducir bajo efectos de alcohol o drogas
🚫 Transportar pasajeros
🚫 Circular por aceras
🚫 Arrastrar animales
🚫 Manipular el limitador de velocidad
🚫 Circular sin etiqueta identificativa cuando sea obligatoria
🚫 Circular siendo menor de 16 años por la vía pública
🟦 9. ¿QUÉ OCURRE SI SE INCUMPLE?
✔ Las infracciones se sancionan conforme a la normativa estatal y municipal.
✔ Si el conductor es menor, responden sus progenitores o tutores.
✔ La Policía Local podrá retirar el vehículo si está mal estacionado, abandonado o incumple la normativa.
📘 Normativa aplicable
- Real Decreto 52/2026, de 28 de enero.
- Reglamento General de Circulación.
- Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial.
- Ordenanza Municipal de Circulación de Las Rozas.
En caso de duda, prevalecerá siempre la normativa vigente.
