Fecha
29-Oct-2020
Resumen
• Se bonificará con un 25% el Impuesto de Bienes Inmuebles y el Impuesto de Actividades Económicas
• Además, se introducen modificaciones que aumentan las bonificaciones a coches eléctricos, placas solares o accesibilidad
• De la Uz: “Seguimos poniendo en marcha medidas de apoyo al tejido económico y empresarial, por la innovación y el medio ambiente”
El Pleno de Las Rozas aprobó, en una sesión extraordinaria, la propuesta del equipo de Gobierno para la modificación de las ordenanzas fiscales que supondrá una rebaja del 25% en el IBI de empresas de ocio, restauración y comercios, así como en el tramo municipal del IAE para el ejercicio 2021.
Así, se incluye una nueva bonificación sobre bienes inmuebles destinados a los usos catastrales cuya tipología sea ocio, hostelería y comercial, pudiendo disfrutar de una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto, siempre que cumplan los requisitos solicitados, como que la actividad se viniera ejerciendo en el inmueble antes del 15 de marzo de 2020 y que siga a 1 de enero de 2021, acreditar una caída de ingresos en el ejercicio 2020, en relación con el realizado en el mismo periodo del 2019, entre otros requisitos que se recogerán en la bases.
• Además, se introducen modificaciones que aumentan las bonificaciones a coches eléctricos, placas solares o accesibilidad
• De la Uz: “Seguimos poniendo en marcha medidas de apoyo al tejido económico y empresarial, por la innovación y el medio ambiente”
El Pleno de Las Rozas aprobó, en una sesión extraordinaria, la propuesta del equipo de Gobierno para la modificación de las ordenanzas fiscales que supondrá una rebaja del 25% en el IBI de empresas de ocio, restauración y comercios, así como en el tramo municipal del IAE para el ejercicio 2021.
Así, se incluye una nueva bonificación sobre bienes inmuebles destinados a los usos catastrales cuya tipología sea ocio, hostelería y comercial, pudiendo disfrutar de una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto, siempre que cumplan los requisitos solicitados, como que la actividad se viniera ejerciendo en el inmueble antes del 15 de marzo de 2020 y que siga a 1 de enero de 2021, acreditar una caída de ingresos en el ejercicio 2020, en relación con el realizado en el mismo periodo del 2019, entre otros requisitos que se recogerán en la bases.
Nota de prensa
Imágenes
