El juez desestima el recurso del PSOE de Las Rozas para anular la concesión de terrenos y edificios del Ayuntamiento a la RFEF

- El Ayuntamiento licitó en 2014 una concesión a 75 años de los terrenos yedificaciones de la Ciudad del Fútbol, que son municipales, para cumpliruna sentencia del TSJM
- La sociedad de tasación TINSA valoró tanto las construcciones (querealizó la RFEF) y el rendimiento de las actividades durante ese plazo en46 millones
- El Consistorio realizó el pago de esa cantidad en concepto deindemnización, pero lo compensó con el pago del canon de la RFEF a laAdministración

ImagenEl Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº2 de Madrid ha desestimado el recurso que presentó el PSOE de Las Rozas para solicitar la anulación del acuerdo plenario por el que se aprobó la concesión, por 75 años, del suelo, las edificaciones y los usos de la Ciudad de Fútbol a la Real Federación Española de Fútbol, encumplimiento de la sentencia del TSJM de 2004 en que se establecía que dichos terrenos, y las edificaciones que la RFEF levantó en ellos, eran de titularidad municipal.

En la sentencia, que se ha notificado hoy a los servicios jurídicos del Ayuntamiento,se rechaza la petición del portavoz del Grupo Socialista, Miguel Ángel Ferrero, dedeclarar nulo de pleno derecho el procedimiento de licitación.El alcalde de Las Rozas, José de la Uz, ha mostrado su satisfacción al conocer lasentencia y ha declarado que el Consistorio ha seguido “punto por punto” lasentencia del TSJM y los informes técnicos y jurídicos en un caso que ha sido muylargo pero del que ya sólo quedan "algunos flecos".
 

Antecedentes


La sentencia de 6 de octubre de 2004 del TSJM declaró la nulidad de la cesióngratuita efectuada por el Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas en 1998 de unaparcela de 120.000 metros cuadrados de superficie a la RFEF por ser bienes dedominio público.

En virtud de dicha sentencia, en otra sesión plenaria, en 2013, se aprueba abrir elprocedimiento administrativo para la concesión de las parcelas, campos de fútbol,pabellones, residencia deportiva, etc. durante un plazo de 75 años. Como latotalidad de las edificaciones e instalaciones habían sido levantadas por laFederación, fue necesaria una tasación para fijar su valoración económica,incluyendo también los rendimientos de las distintas actividades, además de ladeportiva, que tienen lugar en el recinto. Fue la entidad TINSA la encargada deefectuar dicha valoración, que fijó en 46.152.672 euros.

En 2014, el Ayuntamiento acordó la adjudicación a la RFEF, la única entidad quelicitó. También se aprobó el pago de los 46 millones en concepto de"indemnizaciones a terceros y sentencias judiciales" por las construcciones llevadasa cabo por la Federación. Asimismo, la Administración fijó el pago de un canon porparte de la RFEF, que se realizaría en un pago único. El canon ascendió a 46millones de euros.

La sentencia conocida hoy lo explica así: "La Administración integra en supatrimonio las instalaciones e inmuebles realizados por la RFEF y además puedeexplotar su utilidad mediante una concesión demanial, con el incrementopatrimonial que ello conlleva mediante el pago de un canon. Como consecuencia deello, la RFEF sufre una merma en su patrimonio equivalente al incremento obtenidopor el Ayuntamiento".

El recurso del PSOE carece de fundamento, según la sentencia, "porque no existejustificación que permitiera evadirse al Ayuntamiento de hacer frente al pago de lasconstrucciones teniendo en cuenta que las prestaciones realizadas por la RFEF nose deben a iniciativa propia o actuación maliciosa".

 

 

 

 

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