Fecha
26-Feb-2020
Resumen
• Los vecinos pueden solicitar hasta el 30 de abril el abono del IBI en dos o seis plazos y beneficiarse de una reducción del 5%
La Junta de Gobierno ha aprobado el calendario fiscal para 2020 en el que se indican los periodos de pago voluntario de los diferentes tributos municipales. Así, del 1 de abril al 1 de junio se podrá abonar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM), así como de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y de la tasa por ocupación de la vía pública con quioscos. Las fechas fijadas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles será del 1 de septiembre al 30 de noviembre, tanto para los de naturaleza urbana los rústicos o de características especiales. Por último, el calendario fiscal 2020 recoge el periodo voluntario para el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y la tasa por ocupación de vía pública en el mercadillo municipal, que será del 1 de octubre al 30 de noviembre.
La Junta de Gobierno ha aprobado el calendario fiscal para 2020 en el que se indican los periodos de pago voluntario de los diferentes tributos municipales. Así, del 1 de abril al 1 de junio se podrá abonar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ITVM), así como de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y de la tasa por ocupación de la vía pública con quioscos. Las fechas fijadas para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles será del 1 de septiembre al 30 de noviembre, tanto para los de naturaleza urbana los rústicos o de características especiales. Por último, el calendario fiscal 2020 recoge el periodo voluntario para el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y la tasa por ocupación de vía pública en el mercadillo municipal, que será del 1 de octubre al 30 de noviembre.
Nota de prensa
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