Se podrán presentar las peticiones presencial y telemáticamente hasta veinte días después del nacimiento, o hasta el 1 de noviembre para los ya nacidos
Las bases de la ayuda y requisitos, así como el documento de solicitud están disponibles en la página web municipal
Ya está abierto el plazo de presentación de solicitudes para acceder al cheque de 1.000 euros que ofrece el Ayuntamiento de Las Rozas, a través de la concejalía de Familia y Servicios Sociales, destinado a los bebés nacidos o adoptados en 2024 y 2025.
Aquellos casos en los que el nacimiento o adopción se hubiera producido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de publicación de la Convocatoria, (13 de octubre), el plazo de presentación de la solicitud será de 20 días naturales desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, es decir, hasta el próximo 1 de noviembre.
En cuanto a los menores nacidos a partir de la publicación de dicha convocatoria, tendrán un plazo de 20 días hábiles para realizar la solicitud desde el nacimiento o adopción del menor.
Podrá acceder a esta ayuda cualquier persona española o extranjera con residencia legal en España; madre/padre o tutor legal del recién nacido/adoptado.
Al menos uno de los progenitores o adoptantes deberá estar empadronado en Las Rozas de Madrid un año, de forma ininterrumpida anterior a la fecha de nacimiento del menor y hasta la fecha de solicitud de registro de la ayuda de nacimiento (Anexo I). Además, los neonatos y adoptados deberán estar empadronados con el progenitor o adoptante que solicita la ayuda en la fecha de registro de la solicitud.
En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de los menores o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública.
El solicitante debe hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Las Rozas.
Documentación a presentar
Las solicitudes conforme al Anexo I de la presente convocatoria, deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del solicitante beneficiario (solo en caso de no autorizar), Volante de empadronamiento (solo en caso de no autorizar), y será obligatoria acompañar la solicitud con la siguiente documentación: Libro de Familia del solicitante/beneficiario o documento oficial acreditativo del nacimiento o adopción y el Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.
En caso de adopción de menores se necesita una fotocopia cotejada de la resolución de la adopción.
Presentación telemática o presencial
Las solicitudes se dirigirán a la concejalía de Familia y Servicios Sociales y se podrán presentar de telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas Sede Las Rozas; así como a través del Registro Electrónico General Formulario para realizar búsquedas de registros electrónicos (redsara.es).
De manera presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Las Rozas, ubicadas en la Casa Consistorial, en el polideportivo Dehesa de Navalcarbón y en el Centro Cívico de Las Matas.
Para más información, los vecinos pueden recurrir al teléfono 010 de Atención al Ciudadano o al correo electrónico: ayudasnacimiento@lasrozas.es