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AYUDAS
Subvenciones para el desarrollo de actividades enmarcadas en las siguientes modalidades: Ejecución de proyectos de dinamización y promoción de la ciudad
Podrán ser beneficiarias las asociaciones de comerciantes, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y, por tanto, tengan su sede social y desarrollen sus actividades en el municipio de Las Rozas de Madrid, a fecha de aprobación de las presentes.
La finalidad de estas subvenciones es la promoción realización de actividades a través de movimientos asociativos de los comercios de Las Rozas, que fomenten e impulsen la actividad económica del pequeño comercio así como la promoción del municipio.
La concesión de subvención amparada por estas bases reguladoras no será óbice para que la Concejalía de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y Distrito Norte pueda celebrar acuerdos y convenios, de carácter subvencionable, con asociaciones u otras organizaciones para proyectos, actividades o dotaciones concretas, con fines de interés general, que se consideren en cada caso.
Documentos relacionados con las ayudas
Crédito y cuantías máximas
El importe máximo total de las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria asciende a la cantidad de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 110 4320 47900 de la Concejalía de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y Distrito Norte.
Cada asociación beneficiaria podrá recibir, como máximo, un total de 10.000,00 €.
Requisitos beneficiarios
Las asociaciones interesadas en concurrir a la presente convocatoria, deberán reunir los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Las Rozas deMadrid, a cuyos efectos será necesario que se indique, en la correspondiente solicitud, la fecha de inscripción y número de registro, y presentar la documentación acreditativa correspondiente o, conforme a la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a la Ley General de Subvenciones, marcar la casilla correspondiente que consta en la solicitud declarando que estos documentos se encuentran en poder del Ayuntamiento, y su contenido no ha resultado alterado, haciendo constar la fecha en que se presentaron. En caso de que cualquiera de alguno de los documentos señalados haya sido modificado, se deberá especificar cuál o cuáles y presentar copia compulsada.
- Realizar alguna/s de la/s actividad/es relacionadas en el apartado I, que se constituyen como el objeto de estas subvenciones y fundamentan su otorgamiento.
- Presentar, en plazo, la solicitud (Anexo I) acompañada de los Anexos pertinentes donde se haga constar la finalidad o finalidades para las que se solicita la subvención, de conformidad con las líneas convocadas, debidamente cumplimentada según instrucciones que se especifican en cada uno, y acompañada de la
- documentación que se indica con posterioridad.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las asociaciones en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o causa de prohibición prevista en los artículos 4.5 y 4.6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación; ni aquellas asociaciones que, habiendo recibido subvenciones del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid en ejercicios anteriores, no las hayan justificado correctamente en plazo y forma.
Las ayudas concedidas serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que no se rebase el coste de la actuación subvencionada y sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las subvenciones concurrentes.
Forma y plazo de presentación de las solicitudes
Finalizado.
- La documentación a presentar por las asociaciones está incluida en las bases y convocatoria.
Si tiene alguna duda puede contactar con:
010 (si la llamada es desde Las Rozas), 900 153 856 si llama desde fuera de Madrid.
CONVOCATORIA CERRADA
Ampliación de Plazos:
- AMPLIACION PLAZO DE GASTO Y JUSTIFICACION DE AYUDAS TEJIDO EMPRESARIAL
- AMPLIACION PLAZO DE GASTO Y JUSTIFICACION DE AYUDAS TEJIDO EMPRESARIAL - CADALSO_3963621
- AMPLIACION PLAZO DE GASTO Y JUSTIFICACION DE AYUDAS TEJIDO EMPRESARIAL - FISHBOWL_3963622
- AMPLIACION PLAZO DE GASTO Y JUSTIFICACION DE AYUDAS TEJIDO EMPRESARIAL - VAREA_3963627
Información sobre la convocatoria
- Descarga aquí las bases y el Anexo I
- Descarga la publicación en el BOCM
- Modificación de las bases de las ayudas higiénico sanitarias.
Solo para Centros Comerciales y Galerías
- Modelo de declaración responsable para usar en el trámite de requerimiento para Centros Comerciales. (pulse aquí)
- Plantilla Listado de locales abiertos a 13 de marzo de 2020. (Debe guardarla como pdf para poder aportarla en el trámite para realizar la solicitud telemática).
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Centros Comerciales y Galerías Comerciales
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Primer lote de la resolución de la convocatoria. Fecha publicación 08/10/2020.
- Periodo de alegaciones para estos expedientes: entre el 12 y 16 de octubre de 2020.
- Puede encontrar toda la información en el documento de los listados.
- Una vez revisadas las alegaciones recibidas e informado por el Servicio Instructor, se publicarán los listados a continuación.
- Resolución tras alegaciones Lote 1. Fecha de publicación 28/10/2020.
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Primer lote de la resolución de la convocatoria. Fecha publicación 08/10/2020.
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Locales
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Lote 1. Resolución de la Convocatoria. Fecha de publicación 26/11/2020
- Periodo de alegaciones para estos expedientes entre el 27 de noviembre y 1 de diciembre de 2020. Las alegaciones, así como su documentación complementaria, presentadas fuera de estos plazos (antes o después) no podrán ser incorporadas a la gestión de las ayudas.
- Lote 2, Resolución de la Convocatoria. Fecha publicación 16/12/2020
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Resolución de alegaciones correspondientes a la convocatoria para el otorgamiento de ayudas al tejido empresarial.
- Puede encontrar toda la información sobre presentación de alegaciones en el documento de los listados. Una vez revisadas las alegaciones recibidas e informado por el Servicio Instructor, se publicarán los listados tras aprobación de Junta de Gobierno Local.
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Lote 1. Resolución de la Convocatoria. Fecha de publicación 26/11/2020
MUY IMPORTANTE:
Con este listado, finaliza la instrucción de este proceso. Si su solicitud no figura en este listado, por favor, contacte con nosotros.
FORMAS DE CONTACTO PARA CONSULTAS:
- Para dudas técnicas informáticas en el proceso de cumplimentar la solicitud, pueden ponerse en contacto con administracionelectronica@lasrozas.es
- Para dudas relacionadas con el Certificado Digital, consulte la sección.
- Consultas generales:
- Teléfono: 91 757 94 00
- Correo electrónico: comercio@lasrozas.es
- Para consultas relacionadas con información urbanística y licencias
- Correo: informacionurbanismo@lasrozas.es indicando:
- Nombre completo y teléfono de contacto
- Asunto y en su caso, número de expediente en tramitación o número de registro de entrada de la correspondiente solicitud
- Recibido su correo electrónico y una vez revisada que ha facilitado la información arriba establecida se procederá a su gestión, poniéndonos en contacto telefónico con usted lo antes posible para darle respuesta.
- Correo: informacionurbanismo@lasrozas.es indicando:
Si tiene alguna duda puede contactar con:
010 (si la llamada es desde Las Rozas), 900 153 856 si llama desde fuera de Madrid. 91 757 95 00