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AYUDAS

Subvenciones para el desarrollo de actividades enmarcadas en las siguientes modalidades: Ejecución de proyectos de dinamización y promoción de la ciudad

Podrán ser beneficiarias las asociaciones de comerciantes, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y, por tanto, tengan su sede social y desarrollen sus actividades en el municipio de Las Rozas de Madrid, a fecha de aprobación de las presentes.

La finalidad de estas subvenciones es la promoción realización de actividades a través de movimientos asociativos de los comercios de Las Rozas, que fomenten e impulsen la actividad económica del pequeño comercio así como la promoción del municipio.

La concesión de subvención amparada por estas bases reguladoras no será óbice para que la Concejalía de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y Distrito Norte pueda celebrar acuerdos y convenios, de carácter subvencionable, con asociaciones u otras organizaciones para proyectos, actividades o dotaciones concretas, con fines de interés general, que se consideren en cada caso.

 

Documentos relacionados con las ayudas

 

Crédito y cuantías máximas

El importe máximo total de las subvenciones que se concedan al amparo de la presente convocatoria asciende a la cantidad de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 110 4320 47900 de la Concejalía de Sanidad, Consumo, SAMER-Protección Civil y Distrito Norte.

Cada asociación beneficiaria podrá recibir, como máximo, un total de 10.000,00 €.

 

Requisitos beneficiarios

Las asociaciones interesadas en concurrir a la presente convocatoria, deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Las Rozas deMadrid, a cuyos efectos será necesario que se indique, en la correspondiente solicitud, la fecha de inscripción y número de registro, y presentar la documentación acreditativa correspondiente o, conforme a la Ley 39/2015, de 1de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a la Ley General de Subvenciones, marcar la casilla correspondiente que consta en la solicitud declarando que estos documentos se encuentran en poder del Ayuntamiento, y su contenido no ha resultado alterado, haciendo constar la fecha en que se presentaron. En caso de que cualquiera de alguno de los documentos señalados haya sido modificado, se deberá especificar cuál o cuáles y presentar copia compulsada.
  • Realizar alguna/s de la/s actividad/es relacionadas en el apartado I, que se constituyen como el objeto de estas subvenciones y fundamentan su otorgamiento.
  • Presentar, en plazo, la solicitud (Anexo I) acompañada de los Anexos pertinentes donde se haga constar la finalidad o finalidades para las que se solicita la subvención, de conformidad con las líneas convocadas, debidamente cumplimentada según instrucciones que se especifican en cada uno, y acompañada de la
  • documentación que se indica con posterioridad.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las asociaciones en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o causa de prohibición prevista en los artículos 4.5 y 4.6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación; ni aquellas asociaciones que, habiendo recibido subvenciones del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid en ejercicios anteriores, no las hayan justificado correctamente en plazo y forma.

Las ayudas concedidas serán compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que no se rebase el coste de la actuación subvencionada y sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las subvenciones concurrentes.

 

Forma y plazo de presentación de las solicitudes

Finalizado.

 

 

Certificado electrónico

sin certificado

usuario y contraseña Clave vía sms Cita previa

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

 telefono    010 (si la llamada es desde Las Rozas), 900 153 856 si llama desde fuera de Madrid.

 mail   atencionsocial@lasrozas.es

CONVOCATORIA CERRADA

Ampliación de Plazos:

Información sobre la convocatoria

Solo para Centros Comerciales y Galerías

 

 

 

MUY IMPORTANTE:

Con este listado, finaliza la instrucción de este proceso. Si su solicitud no figura en este listado, por favor, contacte con nosotros.

 

FORMAS DE CONTACTO PARA CONSULTAS:

  • Para consultas relacionadas con información urbanística y licencias
    • Correo: informacionurbanismo@lasrozas.es  indicando:
      • Nombre completo y teléfono de contacto
      • Asunto y en su caso, número de expediente en tramitación o número de registro de entrada de la correspondiente solicitud
    • Recibido su correo electrónico y una vez revisada que ha facilitado la información arriba establecida se procederá a su gestión, poniéndonos en contacto telefónico con usted lo antes posible para darle respuesta.

 

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 telefono    010 (si la llamada es desde Las Rozas), 900 153 856 si llama desde fuera de Madrid. 91 757 95 00

 mail   atencionsocial@lasrozas.es

 

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