AUTORIZACIONES Y LICENCIAS EN VÍA PÚBLICA

El objeto de esta autorización es el corte de calle motivado por la realización de actividades de carga y descarga, ejecución de calas autorizadas, rodajes o cualquier otro motivo debidamente justificado.

Se entenderá por cierre parcial de calle la reserva de parte de la calzada sin impedir la circulación de vehículos, en caso de que la reserva de la vía implique la interrupción del tráfico de vehículos por la calle se considerará cierre total.

De no estar completa la documentación la solicitud no será admitida a trámite, procediendo a su archivo en caso de no completar la documentación en un plazo máximo de 10 días

Forma de actuación:

  • Antes de proceder al inicio del trámite, deberá obtener la hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa e impuestos aplicables a la actuación que se solicita. Para proceder a su autoliquidación pulse en estos enlaces:
  • La autorización de reserva deberá ser solicita mediante Registro General de Entrada (horarios aquí) con una antelación mínima de 15 días naturales.
  • La señalización de la zona a reservar será instalada por el interesado como mínimo 72 h antes del inicio del periodo autorizado.
  • El solicitante deberá habilitar los itinerarios alternativos de peatones y vehículos.
  • La autorización de la reserva y el justificante de abono de la tasa deberán encontrarse en poder del responsable del cierre de la vía pública para ser exhibida a requerimiento de los funcionarios públicos.
  • El titular de la autorización debe sufragar a su costa los gastos derivados de las circunstancias que concurran durante todo el periodo de reserva de la vía, incluido la instalación y mantenimiento de la señalización oportuna, así como la limpieza y restauración de la vía pública al estado previo a la ocupación.

ORDENANZAS

  • Ordenanza Fiscal nº 12 de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, modificada el 29 de octubre de 2020 (BOCM nº 316).
  • Ordenanza de Circulación, tráfico y movilidad, Capítulo II del Título V (artículo 117) y Capítulo III del Título VIII (artículos 154 a 156), aprobada definitivamente por Acuerdo de Pleno de 18 de junio de 2020, publicada en el B.O.C.M n.º 200 de 19 de agosto de 2020.

 

  • Solicitud debidamente cumplimentada
  • Copia del Decreto de otorgamiento de licencia urbanística o de la Declaración Responsable presentada que motiva la necesidad del cierre, según corresponda
  • Documento de autorización representación, en su caso.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa por prestación de servicios urbanísticos: epígrafe “licencias o autorizaciones ocupación o reserva de dominio público”. Para proceder a su autoliquidación pulse aquí.
  • Hoja de autoliquidación en el que conste justificación del abono de la tasa de reserva de vía pública: epígrafe “cierre total o parcial de calzada”. Para proceder a su autoliquidación pulse aquí.
  • Plano o croquis debidamente acotado en el que se refleje: dimensiones de la zona objeto de cierre, ancho de la calzada libre para paso de vehículos, ancho de paso libre para peatones, y distancias a elementos cercanos sobre cartografía actualizada (disponible en: Cartografía y Ortofoto | Ayto de Las Rozas de Madrid )
  • Fotografías del estado actual de la zona que pretende ocuparse.

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA LA IMPLANTACIÓN DE GRUAS MÓVILES/AUTOPROPULSADAS.

  • Memoria descriptiva del vehículo que va a realizar las operaciones de carga y descarga: dimensiones y peso del automóvil, matrícula, lugar de origen.
  • Declaración responsable de estar en posesión de seguro de responsabilidad civil, en el caso de reservas de espacio para obras o grúas móviles.
  • La altura de cualquier vehículo con su carga incluida no excederá de 3,50 m la altura, 2,60 m de anchura y 16,00 m de longitud. Cualquier vehículo con su carga incluida que exceda alguno de estos parámetros deberá presentar una propuesta de itinerario que tendrá que ser autorizada con carácter previo por Policía Local.

 

Mediante la presentación de la instancia general junto con la documentación indicada a través de una de las siguientes opciones:

  • Registro telemático.
  • Presencialmente, en Registro de Entrada (únicamente para aquellos contribuyentes no obligados a comunicarse con la administración por medios telemáticos): Pulse en este enlace para ver el horario.
Certificado electrónico sin certificado

Registro presencial

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

telefono Teléfono: 010 (dentro del municipio de Las Rozas) / 900 153 856 (teléfono gratuito, llamada fuera de Las Rozas).

mail pljefatura@lasrozas.es

mail En caso de observar problemas técnicos para registrar la solicitud o para aportar documentación rellene el siguiente formulario y recibirá respuesta lo antes posible.

El objeto de esta autorización es la ocupación temporal de la vía pública con contenedores o sacas, acopios de material, vallado de obras, andamios, casetas de obra, postes/columnas y similares.

 

INFORMACIÓN ADICIONAL

De no estar completa la documentación la solicitud no será admitida a trámite, procediendo a su archivo en caso de no completar la documentación en un plazo máximo de 10 días.

Forma de actuación:

  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa e impuestos aplicables a la actuación que se solicita. Para más información pulse aquí.
  • La autorización de ocupación deberá ser solicita mediante Registro General de Entrada (horarios aquí) con una antelación mínima de 30 días naturales.
  • La señalización de la zona a ocupar se realizará como mínimo 72 h antes del inicio de esta.
  • La autorización de la ocupación y el justificante de abono de la tasa deberán encontrarse en poder del responsable de la ocupación para ser exhibida a requerimiento de los funcionarios públicos.
  • El titular de la autorización debe sufragar a su costa los gastos derivados de las circunstancias que concurran durante todo el periodo de ocupación, incluido la instalación y mantenimiento de la señalización oportuna así como la limpieza y restauración de la vía pública al estado previo a la ocupación.

Respecto a la ocupación con sacas y contenedores:

  • Los contenedores se colocarán lo más próximo a la obra/actuación y solo podrán situarse en la calzada, concretamente en zonas destinadas al estacionamiento de vehículos sin sobresalir de estas.
  • Las sacas podrán colocarse tanto en zonas de estacionamiento de vehículos como en las aceras siempre que mantengan el itinerario peatonal libre de obstáculos (deberán dejar un paso libre de 1,80m alrededor de la saca).

 

NORMATIVA

 

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • DNI del interesado y documento de autorización representación, en su caso.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa por prestación de servicios urbanísicos: epígrafe “licencias o autorizaciones ocupación o reserva de dominio público” (excepto para sacas y contenedores). Para más información pulse aquí.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa de ocupación de terrenos de uso público local que se solicita. Pulse aquí.
  • Plano a escala 1:250 o 1:500 debidamente acotado en el que se refleje: dimensiones de la zona a ocupar, ancho de paso libre para peatones y vehículos, y distancias a elementos cercanos sobre cartografía actualizada en la que se refleje el mobiliario urbano, arbolado, registros de infraestructuras, bordillos, existencia o no de zonas de aparcamiento, etc.
  • Fotografías del estado actual de la zona que pretende ocuparse.

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA CASETAS DE OBRA:

  • En caso de ser necesarias acometidas provisionales a servicios generales (Electricidad, agua, saneamiento), se aportará la documentación que acredite la viabilidad de las mismas y, en caso necesario, la oportuna licencia de cala.

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA ANDAMIOS (estructuras-entramados metálicos):

  • Dirección facultativa de la instalación del andamio.

 

Mediante la presentación de la instancia general junto con la documentación indicada a través de una de las siguientes opciones:

  • Registro telemático.
  • Presencialmente, en Registro de Entrada (únicamente para aquellos contribuyentes no obligados a comunicarse con la administración por medios telemáticos): Pulse en este enlace para ver el horario.
Certificado electrónico sin certificado

Registro presencial

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

telefono Teléfono: 010 (dentro del municipio de Las Rozas) / 900 153 856 (teléfono gratuito, llamada fuera de Las Rozas).

mail infraestructuras@lasrozas.es

mail En caso de observar problemas técnicos para registrar la solicitud o para aportar documentación rellene el siguiente formulario y recibirá respuesta lo antes posible.

El objeto de esta autorización es la reserva temporal de la vía pública para la realización de actividades de carga y descarga, mudanzas, rodajes e isletas de defensa de pasos de vehículos autorizados siempre que esta NO implique la invasión o corte de un carril de circulación de vehículos, en cuyo caso debe realizar la oportuna solicitud de autorización de cierre de la vía pública a la circulación

Las reservas para carga/descarga y para mudanzas se deberán realizar sobre las zonas destinadas al aparcamiento de vehículos

De no estar completa la documentación la solicitud no será admitida a trámite, procediendo a su archivo en caso de no completar la documentación en un plazo máximo de 10 días

Forma de actuación:

  • Antes de proceder al inicio del trámite, deberá obtener la hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa e impuestos aplicables a la actuación que se solicita. Para proceder a su autoliquidación pulse en estos enlaces:
  • La autorización de reserva deberá ser solicita mediante Registro General de Entrada (horarios aquí) con una antelación mínima de 30 días naturales.
  • La señalización de la zona a reservar será instalada por el interesado como mínimo 72 h antes del inicio del periodo autorizado.
  • El solicitante deberá habilitar los itinerarios alternativos de peatones y vehículos.
  • Mudanzas: no se permitirá el corte de la circulación ni peatonal ni de vehículos y se podrá reservar un máximo de 20 metros lineales junto al bordillo.
  • La autorización de la reserva y el justificante de abono de la tasa deberán encontrarse en poder del responsable de la ocupación para ser exhibida a requerimiento de los funcionarios públicos.
  • El titular de la autorización debe sufragar a su costa los gastos derivados de las circunstancias que concurran durante todo el periodo de reserva de la vía, incluido la instalación y mantenimiento de la señalización oportuna, así como la limpieza y restauración de la vía pública al estado previo a la ocupación.
  • La altura de cualquier vehículo con su carga incluida no excederá de 3,50 m la altura, 2,60 m de anchura y 16,00 m de longitud. Cualquier vehículo con su carga incluida que exceda alguno de estos parámetros deberá presentar una propuesta de itinerario que tendrá que ser autorizada con carácter previo por Policía Local. 

Respecto a las isletas de defensa de vado permanente:

  • En caso de autorizarse la ocupación de la vía con ellas y una vez recibida la notificación de la resolución, el interesado deberá abonar la de la tasa de reserva de vía pública: epígrafe “adquisición protectores de horquillas”. Para proceder a su autoliquidación pulse aquí.
  • A continuación, deberá presentar por registro el justificante de abono de esta para que el Ayuntamiento se encargue de su instalación.
  • El mantenimiento y conservación de las isletas es responsabilidad del solicitante.

ORDENANZAS

  • Ordenanza Fiscal nº 12 de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga y descarga de mercancías de cualquier clase del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, modificada el 29 de octubre de 2020 (BOCM nº 316).
  • Ordenanza de Circulación, tráfico y movilidad, Capítulo II del Título V (artículos 114 a 118) y Capítulo IV del Título VIII (artículo 157), aprobada definitivamente por Acuerdo de Pleno de 18 de junio de 2020, publicada en el BOCM nº 200 de 19 de agosto de 2020.

 

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Documento de autorización representación, en su caso.
  • Hoja de autoliquidación en el que conste justificación del abono de la tasa por prestación de servicios urbanísticos: epígrafe “licencias o autorizaciones ocupación o reserva de dominio público” (excepto para mudanzas). Para proceder a su autoliquidación pulse aquí.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa de reserva de vía pública que se solicita (excepto para isletas de defensa de vado permanente, que se deberá abonar una vez concedida la autorización). Para proceder a su autoliquidación pulse aquí.
  • Plano a escala 1:250 o 1:500 debidamente acotado en el que se refleje: dimensiones de la zona a reservar, ancho de paso libre para peatones y vehículos, y distancias a elementos cercanos sobre cartografía actualizada (disponible en: Cartografía y Ortofoto | Ayto de Las Rozas de Madrid) en la que se refleje el mobiliario urbano, arbolado, registros de infraestructuras, bordillos, existencia o no de zonas de aparcamiento, etc. (excepto para isletas de defensa de vado permanente)
  • Fotografías del estado actual de la zona que pretende ocuparse.

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA CARGA Y DESCARGA:

  • Memoria descriptiva del vehículo que va a realizar las operaciones de carga y descarga: dimensiones y peso del automóvil, matrícula, lugar de origen.
  • Declaración responsable de estar en posesión de seguro de responsabilidad civil, en el caso de reservas de espacio para obras o grúas móviles.

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA ISLETAS PARA DEFENSA DE VADO PERMANENTE:

  • Justificante de liquidación del último recibo del vado permanente.

 

Mediante la presentación de la instancia general junto con la documentación indicada a través de una de las siguientes opciones:

  • Registro telemático.
  • Presencialmente, en Registro de Entrada (únicamente para aquellos contribuyentes no obligados a comunicarse con la administración por medios telemáticos): Pulse en este enlace para ver el horario.
Certificado electrónico sin certificado

Registro presencial

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

telefono Teléfono: 010 (dentro del municipio de Las Rozas) / 900 153 856 (teléfono gratuito, llamada fuera de Las Rozas).

mail infraestructuras@lasrozas.es

mail En caso de observar problemas técnicos para registrar la solicitud o para aportar documentación puede contactar con Administración Electrónica.

El paso de vehículos es aquella parte del dominio público (ya sea acera o calzada) por donde se permite, mediante la correspondiente autorización, la entrada de vehículos desde la vía pública a un inmueble, edificado o sin edificar, y su salida desde éste.

Esta autorización solo la pueden solicitar los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.

Este trámite es aplicable también a los pasos provisionales para el acceso a obras. Por el contrario los cambios de titularidad de un acceso de vehículos ya autorizado se tramitarán mediante una instancia general.

Fichas - Tipo de vados:

 

INFORMACIÓN ADICIONAL

Ordenanza Reguladora:

 

 

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA EN CASO DE SER NECESARIA ACTUACIÓN EN VÍA PÚBLICA

  • Memoria técnica de las actuaciones que pretenden realizarse. Planos:
    • Plano de situación del vado a escala 1:1.000 o 1:500 en el que se refleje la ubicación del vado respecto a la finca.
    • Plano en planta del vado a escala 1:100 debidamente acotado, detallando las condiciones en las que se va a resolver el acceso de vehículos a la parcela, indicando la existencia, en su caso, de servicios existentes afectados (alumbrado, arbolado, señalización, pasos de peatones, bandas de aparcamiento, etc…). El diseño deberá ajustarse a alguno de los tipos normalizados por el Ayuntamiento, en función de las características geométricas de la acera existente, los cuales están disponibles en la web municipal.
    • Plano de detalle en sección a escala 1:50 o 1:25 debidamente acotado, cuyo diseño deberá ajustarse a alguno de los tipos normalizados por el Ayuntamiento, en función de las características geométricas de la acera existente, los cuales están disponibles en la web municipal.
  • Presupuesto, suficientemente detallado, desglosado por partidas y a valores actuales de mercado, que considere la ejecución de las unidades de obra y su medición conforme al tipo de vado que corresponda  de entre los normalizados por el Ayuntamiento.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono del ICIO. Para más información pulse aquí.

 

Fichas - Tipo de vados:

 

Mediante la presentación de la instancia general junto con la documentación indicada a través de una de las siguientes opciones:

  • Registro telemático.
  • Presencialmente, en Registro de Entrada (únicamente para aquellos contribuyentes no obligados a comunicarse con la administración por medios telemáticos): Pulse en este enlace para ver el horario.
Certificado electrónico sin certificado

Registro presencial

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

telefono Teléfono: 010 (dentro del municipio de Las Rozas) / 900 153 856 (teléfono gratuito, llamada fuera de Las Rozas).

mail infraestructuras@lasrozas.es

mail En caso de observar problemas técnicos para registrar la solicitud o para aportar documentación puede contactar con Administración Electrónica.

Toda obra, instalación o supresión de instalación a realizar en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías y espacios públicos municipales, está sometida a la obtención previa de licencia de cala y demás autorizaciones municipales.

INFORMACIÓN ADICIONAL

 

  • Solicitud en pdf debidamente cumplimentada.
  • En su caso, documento de autorización representación.
  • Hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa e impuestos aplicables a la actuación que se solicita. Para más información pulse aquí.
  • Plano de situación a escala 1:5.000 de la finca de la finca a la que se pretende dar servicio
  • Plano en planta de la cala/canalización a escala 1:500 debidamente acotado (Dimensiones, distancias a elementos cercanos, etc…) y sección tipo de la acometida.
  • Presupuesto de ejecución material y mediciones de la obra suficientemente detallado, desglosado por partidas y a valores actuales de mercado.
  • Fotografías de la zona de actuación.
  • Estudio de incidencia ambiental del proyecto (solo en caso de afectar a zonas verdes o naturales), que contendrá la documentación detallada en la Ordenanza Municipal de Prevención Ambiental.
  • Autorizaciones sectoriales, en su caso (Carreteras, ADIF, CHT, etc…)

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA ACOMETIDAS DE ABASTECIMIENTO

  • Petición de cala al Canal de Isabel II.
  • Presupuesto de ejecución de obra emitido por el Canal de Isabel II (sustituye al presupuesto de la documentación general).
  • Plano de actuación proporcionado por el Canal de Isabel II.
  • Memoria descriptiva de las obras redactada por el Canal de Isabel II.

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA ACOMETIDAS DE SANEAMIENTO

  • Autorización favorable del Canal de Isabel II para la ejecución/reparción/legalización de la acometida a la red de alcantarillado.
  • Proyecto técnico sobre el que el CYII ha emitido la autorización de la acometida firmado por técnico competente (sustituye a los planos y presupuesto de la documentación general).

 

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA ACOMETIDAS ELÉCTRICAS O DE OTRAS COMPAÑÍAS DE SERVICIOS

  • Autorización de la compañía gestora de la infraestructura y condiciones técnico-económicas indicadas por ella.
  • Plano de actuación proporcionado por la compañía.

 

Mediante la presentación de la instancia general junto con la documentación indicada a través de una de las siguientes opciones:

  • Registro telemático.
  • Presencialmente, en Registro de Entrada (únicamente para aquellos contribuyentes no obligados a comunicarse con la administración por medios telemáticos): Pulse en este enlace para ver el horario.
Certificado electrónico sin certificado

Registro presencial

 

Si tiene alguna duda puede contactar con:

telefono Teléfono: 010 (dentro del municipio de Las Rozas) / 900 153 856 (teléfono gratuito, llamada fuera de Las Rozas).

mail infraestructuras@lasrozas.es

mail En caso de observar problemas técnicos para registrar la solicitud o para aportar documentación puede contactar con Administración Electrónica.